Congreso promulga ley que permite a niños recibir educación en los hospitales

El Servicio Educativo Hospitalario permitirá que los estudiantes que se encuentran hospitalizados o con tratamiento ambulatorio no pierdan el año escolar.
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Martín Vizcarra propone al Congreso que apruebe pensión de gracia para tres artistas. (Perú21)
(USI/Referencial)
El tema de hoy: Inmunidad en cuestión. (Geraldo Caso/Perú21)
(USI/Referencial)
El parlamento sigue en receso. (Perú21)
Martín Vizcarra propone al Congreso que apruebe pensión de gracia para tres artistas. (Perú21)
(USI/Referencial)
El tema de hoy: Inmunidad en cuestión. (Geraldo Caso/Perú21)
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El parlamento sigue en receso. (Perú21)

El promulgó y publicó este miércoles en el diario oficial El Peruano, la ley Nº 30772 que permite aplicar el Servicio Educativo Hospitalario integral a los estudiantes de la Educación Básica.

Esto permitirá que los menores que se encuentran en situación de hospitalización o con tratamiento ambulatorio, tanto en los hospitales como en sus hogares, puedan recibir clases escolares y no pierdan el año escolar.

La norma indica que la educación estos menores estará basada en los componentes que regulan el proceso educativo y se encuentran enmarcados dentro del Currículo Nacional de la Educación Básica.

Asimismo precisa que las entidades responsables de la implementación, ejecución y seguimiento de la presente ley son todos los actores educativos que intervienen directa o indirectamente en los procesos de enseñanza.

Para efectos de materializar la ley, se realizará la articulación intersectorial a través de convenios con el Ministerio de Salud, a fin de coordinar las acciones necesarias que permitan la atención integral escolar a los beneficiarios de la presente ley.

También se detalla que los estudios realizados por los niños, serán convalidados por las instituciones educativas públicas y privadas en las que se encuentran como estudiantes regulares de acuerdo a las orientaciones establecidas por el Ministerio de Educación, a la culminación del año escolar.

El reglamento de la norma —que está firmada por el presidente del Congreso, Luis Galarreta, y su primer vicepresidente, Mario Mantilla— deberá ser realizado por el Poder Ejecutivo en un plazo de 30 días calendario, contados a partir de su publicación.

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