Congreso aprobó por unanimidad Ley de Protección y Bienestar Animal

Con la medida se establecen sanciones penales por maltrato, sufrimiento y lesión a los animales, que van desde 3 hasta 5 años de prisión en caso de muerte.
Congreso aprobó por unanimidad Ley de Protección y Bienestar Animal. (USI)

Este jueves, el Pleno del aprobó por unanimidad la Ley de Protección y Bienestar Animal, la cual busca garantizar el adecuado tratamiento a estos seres calificados como 'sensibles'.

Con la medida también se quiere prevenir el maltrato causado por el ser humano, y que pueda ocasionarles sufrimiento, lesiones o muerte innecesaria.

Con su aprobación se establecen sanciones penales por maltrato, sufrimiento y lesión a los animales, que van desde 3 hasta 5 años de prisión en caso de muerte. Para el efecto, se estipula agregar el artículo 207-A al Código Penal.

Anteriormente, la iniciativa fue evaluada y sustentada por las comisiones de Justicia, de Pueblos Andinos, y Agraria, quienes señalaron que para la propuesta final se tuvo en cuenta un proyecto presentado por la ciudadanía.

Cabe señalar que una vez entre en vigencia la ley, esta no requerirá de reglamento alguno, según se precisó por los presidentes de las comisiones que evaluaron el dictamen. Esto, a fin de evitar que ocurra lo mismo que con la Ley de protección a los animales domésticos y a los animales silvestres mantenidos en cautiverio, la cual no se aplicó por falta de reglamento.

La Ley de protección y bienestar animal también plantea políticas públicas en beneficio de los animales, como construcción de albergues, y prohíbe su utilización para experimentos, salvo que sea imprescindible para el estudio y avance de la ciencia.

DATOS

  • Están exceptuadas de la presente iniciativa las corridas de toros, peleas de gallos y otros espectáculos con animales que sean declarados de carácter cultural por la autoridad competente.
  • La ley prevé la privación de grados militares o policiales, títulos honoríficos u otras distinciones que correspondan al cargo, profesión u oficio del que se hubiese servido el agente para cometer el delito.

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