Acuerdo del Congreso excluye a funcionarios clave de la obligación de presentar la declaración de intereses

Trabajadores con influencia en los procesos de contratación del Parlamento no estarían sujetos a entregar declaración jurada.
El Consejo Directivo del Congreso está integrando por 29 legisladores, incluyendo a la Mesa Directiva. (Anthony Niño de Guzman \ GEC)

Luego de crear un régimen excepcional para la declaración jurada de intereses (DJI), el acordó hoy la lista de trabajadores y asesores del Parlamento que estarán obligados de presentar este documento. Esta lista, no obstante, excluye a funcionarios con influencia en la contratación de personal, bienes y servicios en el Parlamento, y que el Decreto de Urgencia N°020-2019 sí incluye como servidores públicos obligados a declarar.

Mira: Congreso oficializa cambios en su reglamento sobre declaración jurada

El acuerdo del Consejo Directivo señala que, además de los congresistas, solo los jefes de cada área, departamento u oficina del Congreso, junto a los asesores parlamentarios, están obligados a presentar las DJI ante la Contraloría y no en la plataforma única creada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para hacer público las declaraciones de cada funcionario.

El Consejo Directivo está integrado por los cuatro miembros de la Mesa Directiva -presidente del Congreso y los tres vicepresidentes- y 25 legisladores más.

“Formularán declaración jurada: El oficial mayor, director general parlamentario, director general Administración, el auditor general, el secretario técnico de la Oficialía Mayor, los jefes de departamento u oficina y los jefes de área. Los asesores contratados por los congresistas para la presidencia y vicepresidencia, para los grupos parlamentarios, para los despachos congresales y para las comisiones parlamentarias”, se lee en el punto cuatro del acuerdo.

Acuerdo del Consejo Directivo del Congreso. (GEC)

Si bien esta directiva apunta a las jefaturas, olvida la estructura interna de cada departamento, área u oficina. “Exponen a las cabezas, pero se olvidan de los que están debajo. Sobre todo en las contrataciones, existe todo un equipo de personas con posición de influencia que no pueden quedarse en la sombra. Se necesita que las DJI profundicen más que solo el primer nivel”, señaló a este diario una fuente con conocimiento de la organización parlamentaria.

El DU N°020-2019 indica que quien ocupe o desarrolle uno de los cargos o funciones enumerados en 26 ítems están obligados de presentar la DJI. Entre ellos, señalan al conjunto de personas que participan en todo el proceso de contratación de una entidad pública.

“(Funcionarios) que en el ejercicio de su cargo, sean responsables de la elaboración, aprobación o modificación de los requerimientos de contratación, expedientes de contratación y de los documentos del procedimiento de selección, correspondientes a licitación pública, concurso público, contratación directa, adjudicación simplificada conforme a la Ley de Contrataciones del Estado”, expresa la norma en el literal t.

"Los profesionales y técnicos del Órgano Encargado de Contrataciones que interviene en alguna de las fases de la contratación”, agrega en el siguiente ítem.

En el caso del Parlamento, en estos procesos participan el Departamento de Logística, el Área de Abastecimiento y el Departamento de Recursos Humanos, que cuentan con nueve, ocho y 25 trabajadores, respectivamente, según la lista de empleados del Congreso de marzo de 2020.

El legislador Rennán Espinoza, vocero de Somos Perú, confirmó a Perú21 que el acuerdo del Consejo Directivo es que solo los trabajadores del Congreso mencionados estén obligados a presentar las DJI. “El Consejo Directivo creyó conveniente solo incluir a los que tienen poder de decisión y a los asesores”, indicó.

Sin embargo, al ser consultado por el grupo de personas que intervienen en los procesos de contratación y que están siendo excluidos de exponer sus intereses, Espinoza dijo que se puede analizar una alternativa para incluirlos.

Mira: Congreso: Pleno aprueba ley que declara en emergencia el Sistema Nacional de Salud

D.U manda

El secretario general de Transparencia, Iván Lanegra, señaló a Perú21 que el acuerdo administrativo tomado por el Consejo Directivo del Congreso no puede estar por encima de una norma vigente como es el DU N°020-2019. “Si un funcionario del Parlamento considera que su cargo o función está dentro de las que están obligadas de presentar DJI, según el decreto, debería hacerlo. La decisión del Parlamento no puede alejarse de una ley que no ha sido derogada”, sostuvo.

“Es natural que el Congreso esté preocupado de atender su propia autonomía pero eso no quiere decir que las reglas generales no se le apliquen. No puede significar una reducción en los estándares de transparencia”, dijo Lanegra.

La decisión del Consejo Directivo del Congreso ocurrió luego de que el pasado 7 de mayo el Pleno del Parlamento acordara autoexcluirse de los alcances del decreto de urgencia, bajo el argumento de defenser su autonomía y separación de poderes.

En esa línea, se aprobó una modificación en su reglamento interno para que la declaración jurada de los congresistas quede bajo el control del Consejo Directivo, órgano de debía establecer los parámetros y trabajadores parlamentarios sujetos a la obligación de las DJI.

El Consejo Directivo estableció que los congresistas presentarán sus DJI en el mismo formato que indica el decreto de urgencia y tendrán un plazo de 30 días para hacerlo. Luego de ello, el oficial mayor entregará la documentación a la Contraloría.

Con esta acción, el Parlamento también estará excluido de los procesos administrativos disciplinarios que cada entidad pública deberá abrir si uno de sus funcionarios infringen el decreto supremo. Las infracciones pueden ser leves, graves o muy grandes, en donde está el no presentar la DJI o constatar información inexacta o falsa, según el reglamento de la norma publicado hoy.

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