Comisión de Venecia publicó su opinión tras sesión plenaria realizada el 11 y 12 de octubre (Juan Ponce/GEC).
Comisión de Venecia publicó su opinión tras sesión plenaria realizada el 11 y 12 de octubre (Juan Ponce/GEC).

La difundió hoy el informe sobre modificaciones constitucionales vinculadas a las cuestiones de confianza que presenta el Poder Ejecutivo. El documento fue acordado por el grupo europeo en su 120 sesión plenaria realizada el 11 y 12 de octubre, según precisa el texto al que tuvo acceso Perú21.

En la parte introductoria, explica que el informe es preparado a partir de una solicitud presentada el 16 de agosto por el entonces presidente del Congreso, para que la Comisión emita una opinión sobre “vincular reformas constitucionales a una cuestión de confianza”.

El texto relata luego que Rosa Bartra, entonces presidenta de la Comisión de Constitución, informó el 24 de junio a la Comisión de Venecia sobre el “conflicto entre el Presidente y su gobierno, y la mayoría del Congreso”.

“El 31 de julio, el presidente de la República y el presidente del Consejo de Ministros presentaron al congreso una ‘urgente’ propuesta de reforma constitucional para adelantar las siguientes elecciones congresales y presidenciales de 2021 a 2020, y de prohibir a cualquiera que ejerció la presidencia a postular para una inmediata reelección", explica luego el documento.

La opinión fue realizada a partir de los comentarios de los representantes de de la Comisión de Venecia Josep Castellà Andreu, Domingo Hernández Emparanza, Warren Newman, Kaarlo Tuori y José Luis Vargas Valdez.

En otra parte del documento, se subraya que la Constitución peruana no establece ninguna limitación explícita en lo relacionado a qué temas se pueden tratar en una cuestión de confianza.

“Es competencia del decidir si las propuestas de enmiendas constitucionales están vinculadas a la Cuestión de Confianza. En el derecho comparado, relacionar las enmiendas a una cuestión de confianza es inusual”, indica.

El informe prosigue señalando que cualquier proceso de enmienda constitucional “debe preservar el principio de separación de poderes, y control y equilibrio entre el Presidente y el Congreso".

“El poder del Presidente de vincular una cuestión de confianza con enmiendas constitucionales puede crear un riesgo de usarse a favor de alterar este balance (de poderes). La amenaza de disolución después de un segundo voto en una cuestión de confianza puede dificultar que el Congreso resista los intentos de alterarla a favor del Presidente".

Sobre este punto, el informe indica que la de Perú “parece” que cuenta con algunas limitaciones sustantivas sobre temas que se pueden tratar con reformas constitucional "como el principio de separación de poderes o la forma republicana de gobierno, lo cual puede otorgar una salvaguarda, pero su enfoque no está claramente definido”.

El reporte de la Comisión de Venecia sugiere que estas modificaciones “deben estar basadas en un amplio consenso y tomadas con debido cuidado y deliberación en el Congreso, manteniendo ideas modernas de democracia dado que alteran el supremo y fundamental derecho de tierra".

"En ese sentido, una Constitución está normalmente designada a ser difícil de modificar para asegurar su permanencia relativa, estabilidad, predictibilidad y continuidad; y los procedimientos de enmienda tienden a ser largos. Esto es en contraste a las mociones de confianza, las cuales tienen que ser votadas más rápido”.

En los puntos finales, la expresa que espera que “el Presidente y el Congreso encuentren un compromiso y adecuada solución constitucional que brinden estabilidad institucional y ayuden a las autoridades a dirigir los retos que enfrenta la sociedad del Perú”.

El documento culmina señalando que la se mantiene a disposición de las autoridades del Perú para próximas asistencias.