La Comisión de Constitución, que preside , aprobó esta mañana, por unanimidad, modificar el artículo 112º de la Carta Magna relacionado con el mandato presidencial.

Actualmente dicho artículo señala que “el mandato presidencial es de cinco años, no hay reelección inmediata. Transcurrido otro período constitucional, como mínimo, el ex presidente puede volver a postular, sujeto a las mismas condiciones”.

A ese párrafo se le ha agregado el siguiente texto: “No podrá postular de manera inmediata a la Presidencia de la República el ciudadano que, bajo cualquier título, conforme al artículo 115º de la Constitución hubiera ejercido la Presidencia”.

De esta manera, se bloquea constitucionalmente una eventual postulación a la reelección del presidente en el 2021, aunque él, cabe precisar, ha descartado reiteradamente dicha posibilidad.

La propuesta remitida por el Ejecutivo al Congreso señalaba también que la prohibición “no alcanza al vicepresidente cuando ha ejercido por menos de cuatro meses, el último año de mandato”.

No obstante, esa última parte no fue considerada en el texto aprobado.