Redacción PERÚ21

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Los ex miembros del , involucrados en el escándalo de los audios, y podrán salir del país ahora que se decidió anularles el impedimento de salida que pesaba sobre ambos ex consejeros.

Así lo decidió por mayoría la Sala Penal de la Corte Suprema. Anteriormente el juez de investigación preparatoria Hugo Nuñez Julca había ordenado la restricción por un periodo de 18 meses tanto a Noguera como a Aguila.

Según El Comercio, la resolución fue firmada por los magistrados José Neyra, Iván Guerrero y Ramiro Bermejo Díaz. En dicho escrito se indica que el juez de primera instancia hizo una fundamentación errónea en la calificación de la prognosis de pena (4 años) a imponerse y por tal motivo no se alcanza el máximo para validar una medida de impedimento de salida del país.

"No fundamenta por qué, en el caso de los encausados Aguila Grados y Noguera Ramos, debería ser de cuatro años. De notarse que esta prognosis es aún mayor que la propuesta por el Ministerio Público a la que se ha hecho referencia", suscribe el documento judicial

Si bien Aguila y otros involucrados vienen siendo investigados bajo los presuntos delitos de patrocinio ilegal y cohecho pasivo específico, el tribunal supremo sostiene que en sus casos existen atenuantes como no registrar antecedentes penales. Bajo este concepto, la pena posible no podría ser mayor a tres años.

"Por consiguiente, carece de sustento jurídico-fáctico la fijación de un impedimento de salida del país en contra de los encausados nombrados, toda vez que no sobrepasan la exigencia legal que señala el primer párrafo del numeral 1 del artículo 295 del CPP, de allí que en el extremo del impedimento de salida la decisión debe revocarse", sostuvo la Sala Penal Especial.

Corte Suprema
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