Constitución debatió el segundo proyecto del Ejecutivo sobre la reforma política. (GEC)
Constitución debatió el segundo proyecto del Ejecutivo sobre la reforma política. (GEC)

La dio un paso importante para dejar en el pasado la recolección de firmas como requisito para la inscripción de partidos políticos ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Actualmente, se necesita 750 mil adherentes.

El grupo de trabajo aprobó ayer la propuesta del Ejecutivo para que sea el número de militantes lo que defina el registro de una agrupación política. Para el Gobierno, la cantidad de afiliados a un partido debía ser no menor al 0.075% de los votantes en las elecciones de 2016, aproximadamente 14 mil personas.

Si bien al inicio del debate existió cierta resistencia a esta propuesta, la posición dividida en permitió aprobar el cambio de requisitos, aunque se incrementó la valla de militantes al 0.1% del padrón electoral de las elecciones de 2018, aproximadamente 24 mil personas.
Uno de los opositores a esta iniciativa fue el congresista Héctor Becerril (FP), quien dijo que provocaría “la proliferación de los partidos”, ya que para él no existe diferencias entre un adherente y un militante o afiliado.

En respuesta, el legislador Alberto Quintanilla (NP) le explicó que un adherente podía apoyar la inscripción de un partido, pero no se comprometía con su vida política, a diferencia de un militante, quien a la vez tiene restricciones en la función pública.

Una de las voces dentro de FP que respaldó la propuesta fue Miguel Torres, quien destacó que basar la vida de un partido en su militancia fortalece a las agrupaciones y planteó incrementar la valla al 0.1%, que finalmente se aprobó con doce votos a favor y cinco abstenciones.

También se aprobó otorgar un año de plazo a los partidos políticos para presentar su padrón de militantes, luego de adquirir sus formularios de inscripción. Estos padrones serán de acceso público y se actualizarán en el portal del Registro Nacional de Organizaciones Políticas del JNE.

Comités en el país
Otro requisito que deberán cumplir las agrupaciones políticas para registrarse será constituir comités partidarios en el territorio nacional.

Se aprobó que estos comités se conformen mediante un acta suscrita por no menos de cincuenta militantes debidamente identificados.

Además, antes de su inscripción, los partidos deberán contar con comités partidarios en no menos de cuatro quintos de los departamentos del país y en no menos de un tercio de las provincias.

En cuanto a los movimientos regionales, deberán contar con comités partidarios en no menos de cuatro quintos de las provincias del departamento que buscan representar.

Estos cambios implicaron la modificación de los artículos cinco, siete y ocho de la Ley de Partidos Políticos. Hoy a las 11 a.m. continuará el debate de otros artículos referidos a la cancelación de los partidos.