DISCREPANCIA. Para Calderón, las demandas no son secretas.
DISCREPANCIA. Para Calderón, las demandas no son secretas.

El abogado Andrés Calderón consideró que el Jurado Nacional de Elecciones debe hacer públicos los nombres de las personas que suscribieron la demanda presentada por Alfredo Crespo que pretende traerse abajo ante el Tribunal Constitucional trece normas contra el terrorismo.

¿Hay asidero legal para que el JNE deniegue a Perú 21 este pedido de acceso a la información pública?

No. El JNE ha tomado una actitud incomprensible al creer que algo tan elemental y tan propio del ejercicio de un derecho político, como presentar unas firmas para apoyar una acción de inconstitucionalidad, pueda ser considerado como algo sujeto a algún tipo de secreto. No tiene sentido, es información de acceso al público.

¿Podemos afirmar que suscribir esta demanda involucra datos personales susceptibles de ser considerados confidenciales?

Que algo sea un dato personal no quiere decir que no pueda ser de acceso al público. Por ejemplo, los ministros o directores generales de entidades públicas tienen datos personales que son públicos porque esas personas han permitido voluntariamente que lo sean, al desempeñarse en dichos cargos. En este caso, cuando alguien pone su firma para presentar una demanda de inconstitucionalidad, está aceptando poner su nombre en la petición. Y, como regla general, todas las demandas son de acceso al público, con más razón una demanda de inconstitucionalidad. Solo en algunos casos especiales, por alguna excepción, los datos que están en posesión de una entidad pública podrían ser reservados.

¿Estos datos de personas que firman una demanda de inconstitucionalidad están dentro de esas excepciones?

Yo creo que no. La regla general es que la información es pública, la excepción es que se mantenga en reserva. En este caso, el solo hecho de plantear esta demanda es una actuación pública que debería ser conocida por todos. Nadie tiene derecho a presentar demandas secretas. Eso es algo importante y es algo que el JNE no ha entendido, que no pueden ocultar esta información. Nos guste o no nos guste la demanda o las personas que la plantean, no tienen derecho a hacerlo de manera secreta.

¿Perú21 cómo puede apelar esta decisión?

Lo que ha decidido el JNE no es definitivo. Existe el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dentro del Ministerio de Justicia para apelar. El problema es que sigue siendo una entidad que depende del Ejecutivo, que está dentro del Minjus.

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