“Estamos hablando del periodo comprendido entre junio de 2016 y julio 2018. De esa manera, continuando con el control que desde la Contraloría se ejerce al Congreso”, explicó Nelson Shack. (Foto: USI)
“Estamos hablando del periodo comprendido entre junio de 2016 y julio 2018. De esa manera, continuando con el control que desde la Contraloría se ejerce al Congreso”, explicó Nelson Shack. (Foto: USI)

Redacción PERÚ21

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Las autoridades ediles y regionales podrían ser suspendidas o vacadas en el cargo si, eventualmente, una entidad fiscalizadora superior les impone sanción firme. Esta es una de las propuestas que la ha enviado al Congreso de la República –a través de un proyecto de ley– para su respectivo estudio y aprobación.

De acuerdo a la iniciativa del órgano de control, que dirige, el gobernador, vicegobernador y consejeros regionales; así como el alcalde o regidor que tenga una sanción firme de suspensión temporal o inhabilitación para el ejercicio de la función pública, como consecuencia de un procedimiento administrativo sancionador de la Contraloría podrá ser suspendido o vacado del cargo.

Precisa que la vacancia procederá siempre que el plazo de la sanción administrativa impuesta a la autoridad regional o local sea igual o mayor al período que le resta de su mandato; mientras que la suspensión se aplicará cuando la sanción sea menor al período en referencia.

El proyecto de la también propone que la vacancia o suspensión sea declarada directamente por el Jurado Nacional de Elecciones dentro de los 10 días hábiles de recibida la comunicación.

Esta tarea está actualmente a cargo del concejo regional o municipal. Ello podría entorpecer la ejecución de la medida dispuesta por la Contraloría puesto que los gobernadores y alcaldes elegidos tienen una amplia mayoría dentro del concejo.

Cabe señalar que según información proporcionada por la , en el año 2016 la entidad atendió 879 denuncias contra los gobiernos locales y 439 contra los gobiernos regionales.