Redacción PERÚ21

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Hasta el viernes 17 de agosto es el plazo para presentar ante la las excusas de los seleccionados como miembros de mesa que no podrán presentarse para cumplir con su labor en las próximas del 7 de octubre próximo.

Este periodo de tiempo se da luego de la presentación de la lista definitiva de miembros de mesa que fue el 10 de agosto. El plazo para la presentación de excusas se dan dentro de los cinco primeros días hábiles luego de dicha presentación, según el artículo 61 de la Ley Orgánica de Elecciones N° 26859.

"El viernes 10 se publicó la lista definitiva de miembros de mesa pero tenemos algunas causales de excusa para miembros de mesa, que las pueden presentar a partir de hoy hasta el viernes", refirió Pilar Biggio, gerente de Información y Educación Electoral de la ONPE a Canal N.

Casos para solicitar una excusa

- Grave impedimento físico o mental
- Necesidad de viajar al extranjero
- Ser mayor de setenta (70) años.
- Ser candidatos y personeros de los Partidos Políticos, Agrupaciones
Independientes y Alianzas.
- Ser funcionarios y empleados de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano (Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil).

- Ser autoridades políticas y miembros de los Concejos Municipales
- Ser ciudadanos que integren los Comités Directivos de los Partidos Políticos, Agrupaciones Independientes y Alianzas Inscritos en el Jurado Nacional de Elecciones.
- Ser cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o
afinidad entre los miembros de una misma mesa.

La excusa se presenta por escrito, adjuntando los documentos probatorios ante una de las 94 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) que hay a nivel nacional.

Hay que resaltar que a diferencia de las excusas, las justificaciones para no presentarse como miembro de mesa pueden presentarse antes de los cinco días naturales previos a la fecha de la elección y solo son válidos en caso de una enfermedad debidamente documentada y acreditada con el certificado expedido por el área de salud, y a falta de este, por el médico de la localidad.