Este cambio se encuentra establecido en el Decreto Legislativo 1377, publicado en el Diario Oficial El Peruano. (Foto: El Comercio)
Este cambio se encuentra establecido en el Decreto Legislativo 1377, publicado en el Diario Oficial El Peruano. (Foto: El Comercio)

informó que el padre biológico de un niño o adolescente nacido fuera del matrimonio podrá reconocer su paternidad aunque la madre siga casada contra persona.

Voceros de esta institución explicaron que este cambio se encuentra establecido en el Decreto Legislativo 1377, publicado en el Diario Oficial El Peruano.

Con esta norma varios artículos del Código Civil relacionados con la inscripción del hijo o hija de una mujer casada.

Antes el hombre casado con una mujer podía reconocer al hijo de esta aunque no fuera suyo; pero si la casada era la madre, el padre biológico no podía reconocer al niño, pues, ante la ley, el papá no podía ser otro que el esposo.

Según Reniec, con esta norma el padre biológico podrá reconocer a su hijo siempre y cuando la madre indique claramente que su esposo no es el progenitor. Asimismo, informó que este Decreto Legislativo 1377 busca fortalecer la protección integral de niñas, niños y adolescentes, y garantizar sus derechos.

Por tal razón los peruanos de 14, 15, 16 o 17 años, cuando se convierten en padres o madres, pueden realizar una serie de actos legales como solicitar ellos mismos su Documento Nacional de Identidad (DNI) e inscribir el nacimiento y reconocer a sus hijos e hijas.

Con esto se evitará la indocumentación tanto de los jóvenes progenitores como de sus hijos e hijas, y les facilitará el acceso a servicios como salud y educación.

Con información de Andina.

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