JNE recordó que los JEE como órganos de primera instancia deberán garantizar resultados de la consulta popular. (Foto: Andina)
JNE recordó que los JEE como órganos de primera instancia deberán garantizar resultados de la consulta popular. (Foto: Andina)

El exhortó a los Jurados Electorales Especiales (JEE) a resolver con celeridad, imparcialidad y arreglo a ley las actas que fueron observadas en el referéndum llevado a cabo el pasado domingo 9 de diciembre.

Recordó que como órganos de primera instancia deberán garantizar que los resultados de la consulta popular reflejen la voluntad popular expresada en las urnas.

El 12 de octubre pasado, mediante Resolución N° 3239-2018, el JNE aprobó el reglamento del procedimiento de actas observadas para la consulta popular con el propósito de posibilitar el tratamiento de estos documentos en forma adecuada y con prontitud.

En cuanto a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) para al interior del país, el órgano electoral señaló que les compete identificar las actas que fueron observadas y dirigirlas a los JEE correspondientes.

Por ello, el JNE solicitó también a estos órganos a remitir a la brevedad estos documentos para su debida evaluación. Precisó que una vez resueltas las actas observadas serán devueltas a la ODPE para su ingreso al cómputo de votos y así pueda procederse a la proclamación de resultados.

Vale decir que el Pleno del JNE se declaró en sesión permanente para atender de manera oportuna eventuales recursos de apelación que se interpongan ante lo resuelto en primera instancia, medida que también alcanza a los 93 JEE. En ese sentido, se habilitó también los sábados, domingos y feriados para la realización de audiencias y otras actuaciones procesales.

De esta manera, el organismo electoral aseguró que viene cumpliendo a cabalidad con sus funciones dando trámite a los diversos expedientes que se presenten.

-En el exterior-

Asimismo, invocó al Ministerio de Relaciones Exteriores para que adopte las medidas necesarias a fin de acelerar la remisión de las actas de las mesas de sufragio que se instalaron en el extranjero.