Los especialistas del SERFOR iniciaron un Proceso Administrativo Sancionador (PAS) a las personas involucradas en los hechos por la posesión de fauna silvestre de origen ilegal. Puesto que, la infracción cometida se enmarca en lo consignado en el Decreto Supremo N° 007-2021-MIDAGRI, Anexo 2, cuadro de infracciones y sanciones en materia forestal, numeral 22 que refiere que: comprar, ofrecer para la venta, vender, transformar, almacenar exportar, importar y/o poseer, especímenes, productos y/o subproductos de fauna silvestre de origen ilegal califica como una infracción muy grave.