En Perú, se han dado dos sentencias por casos de zoofilia. (Foto: Pixabay)
En Perú, se han dado dos sentencias por casos de zoofilia. (Foto: Pixabay)

La , atracción sexual hacia una especie animal, es considerada un acto de animal que, en caso lo lleve a la muerte, se puede penar hasta con cinco años de cárcel, según indicó el juez Jeans Velasco Hidalgo.

El magistrado aseguró que, si bien la zoofilia no es un delito como tal, muchas veces se mata al animal luego de abusar sexualmente de este, por lo que estos actos pueden ser comprendidos en el delito de maltrato.

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Asimismo, afirmó que así lo estipula el artículo 206-A del Código Penal, el cual señala que está penalmente sancionado el abandono y crueldad contra un animal doméstico y silvestre.

Al respecto, Velasco Hidalgo explicó que, en el caso de crueldad animal, el agresor puede ser condenado con pena privativa no mayor de tres años, con cien a ciento ochenta días multa y la inhabilitación, la cual consiste en la incapacidad temporal o definitiva para la tenencia de un animal.

Sin embargo, esta pena se agrava si, como consecuencia de los actos de crueldad (en el caso la violación sexual), el animal muere. En este caso, el presunto violador podría ser condenado a una pena no menor de tres ni mayor de cinco años, con 150 a 360 días multa y la inhabilitación.

“Van a haber casos donde quizá el abuso sexual es de carácter continuado ocasionando la muerte del animal, ello podría llevar a que el juez ordene la pena máxima. Ello implicaría una pena efectiva de la cárcel”, explicó.

Precedentes

Velazco Hidalgo aseguró que en el Perú ya se han dado dos sentencias por casos de Zoofilia.

La más reciente fue dictada por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Carabayllo, vía terminación anticipada parcial, que condenó a un año y cinco meses de prisión suspendida y 120 días multa a Roberto Huayllas Huamán por el delito de actos de crueldad contra animales domésticos y silvestres por la violación de la mascota ‘Kyra’.

Por último, el juez penal señaló que la ley 30407 (de protección y bienestar animal) contempla también el tema de explotación sexual en animales, en la cual se prohíbe la utilización de animales tanto en espectáculos públicos como privados con fines de entretenimiento: “es una ley que tiene mayor amplitud de protección porque ahí se imponen sanciones administrativas, de multas”, afirmó.

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