Redacción PERÚ21

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El , a través de un comunicado oficial, precisó que los hijos están obligados, por ley, a ayudar a sus padres a cubrir sus necesidades básicas, cuando estos no sean capaces de valerse por sí mismos (limitaciones físicas, de salud o problemas económicos).

De acuerdo al Minjus, esta pensión de alimentos se basa en el artículo N° 474 del Código Civil, el cual establece que el padre o madre () que se encuentre en estado de necesidad económica (o con imposibilidad de mantenerse) podrá reclamar esta remuneración. 

La norma busca proteger a los progenitores del abandono de sus hijos, pues muchos no se atreven a denunciarlos por vergüenza, pena o desconocimiento de las leyes.

Este recurso aplica para aquellos hijos mayores de edad y con los suficientes recursos económicos para ayudar a sus padres. 

TRÁMITE Y REQUISITOS

Para presentar esta demanda, el Minjus detalló que se puede realizar en cualquier Juzgado de Paz Letrado, adjuntando los siguientes documentos:
- Copia del DNI del demandante
- Partida de nacimiento del demandado
- Domicilio del demandado
- Lugar de trabajo del hijo o hijos.
- Señalar gastos del demandante, adjuntando de ser el caso medios de prueba que lo sustenten.
- Documentos que acrediten los ingresos del demandado.
- También se puede presentar una medida cautelar de asignación anticipada y otras en favor del demandante.

Además, se dio a conocer que los defensores públicos están a la disponibilidad para brindar asesoría legal gratuita a las personas que necesitan realizar este trámite ante el Poder Judicial.