MIMP dispone publicación del proyecto del nuevo reglamento para prevenir y sancionar el acoso sexual

Resolución Ministerialestablece un plazo de 30 días calendario para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de personas naturales interesadas en la referida iniciativa.
Disponen publicación del proyecto del nuevo reglamento para prevenir y sancionar el acoso sexual (Foto: GEC)

Mediante la Resolución Viceministerial N° 062-2019-MIMP, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, el dispuso la publicación del proyecto del nuevo Reglamento de la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.

La norma precisa que el proyecto del nuevo Reglamento de la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos, deben ser publicados hoy en el portal institucional del MIMP ().

El dispositivo también establece un plazo de 30 días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de personas naturales interesadas.

Estos aportes, sugerencias y/o comentarios podrán ser presentados en la Mesa de Partes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), ubicado en la jirón Camaná N° 616, en el Cercado de Lima, con atención a la Dirección General Contra la Violencia de Género o a través de las direcciones electrónicas: mvargas@mimp.gob.pe y mgutierrez@nmimp.gob.pe.

La Dirección General Contra la Violencia de Género, será la encargada de procesar y sistematizar los aportes, sugerencias y/o comentarios que se presenten.

La referida resolución ministerial es refrendada por la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ana María Mendieta

La Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual establece que su objeto consiste en prevenir y sancionar el hostigamiento sexual producido en las relaciones de autoridades o dependencia, cualquiera sea la forma de este vínculo.

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