Tras conocerse el caso de Dashi, una perrita de raza pug que fue cruelmente acuchillada la semana pasada por su cuidador, es necesario conocer qué nos dice la Ley de Protección y Bienestar Animal (N° 30407) sobre casos de maltrato y crueldad.
Para empezar, esta normativa está vigente desde el 2016 y alcanza al cuidado y respeto de todos los animales vertebrados, tanto domésticos como silvestres. En caso de crueldad y abandono contra alguno, el artículo 206-A explica las sanciones correspondientes:
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- Si el animal sobrevive: Pena de cárcel de hasta 3 años, 100 a 180 días-multa y quitarle la tenencia del animal (definitiva o temporal)
- Si el animal muere: Pena de cárcel de 3 a 5 años, 150 a 360 días-multa y declarar su incapacidad definitiva para la tenencia de animales.
El importe del día-multa corresponde al ingreso promedio diario del condenado y el juez lo determina atendiendo a su patrimonio, remuneraciones, nivel de gasto, entre otras cuestiones de riqueza.
Por otro lado, la ley considera como maltrato: abandonarlo en la vía pública, utilizarlo en espectáculos o entretenimientos (en público o privado), comercializarlo y atentar contra su vida.
No obstante, la ley exime las corridas y peleas de toro, las peleas de gallo y los espectáculos declarados de carácter cultural por la autoridad competente.