Publican Ley de Salud Mental para garantizar acceso de ciudadanos a prevención y tratamiento

Entre las disposiciones de la norma se destaca que toda persona, sin discriminación alguna, tiene derecho a gozar del más alto nivel posible de salud mental.
La ley fue publicada en la separata de Normas del diario El Peruano. (Foto: GEC/Archivo)

El gobierno publicó este jueves la , que tiene como objetivo establecer el marco legal para garantizar el acceso a los servicios, la promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación en salud mental, como condiciones para el pleno ejercicio del derecho a la salud y el bienestar de la persona, la familia y la comunidad.

De acuerdo a la , publicada en la separata de normas del diario El Peruano, la atención de la considera el modelo de atención comunitaria, así como el respeto ineludible a los derechos humanos y dignidad de la persona, sin discriminación, y el abordaje intercultural, que erradique la estigmatización de las personas con este problema.

Asimismo, la ley se aplica en los ámbitos preventivo, promocional, curativo, rehabilitador y de reinserción social.

Entre las disposiciones de la norma se destaca que toda persona, sin discriminación alguna, tiene derecho a gozar del más alto nivel posible de salud mental. Además, el Estado garantiza la disponibilidad de programas y servicios para la atención de la salud mental en número suficiente, en todo el territorio nacional.

Asimismo, todos tienen derecho a acceder libre y voluntariamente a servicios de salud mental públicos, y a los privados correspondientes, y a recibir atención oportuna de acuerdo al problema en salud mental. Los servicios de salud incluyen el diagnóstico, tratamiento, recuperación, rehabilitación e inserción social.

Corresponde a los ministerios de Salud, de Educación, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de Justicia y Derechos Humanos, de Trabajo y Promoción del Empleo y de Desarrollo e Inclusión Social, así como a los gobiernos regionales, gobiernos locales y a la sanidad de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales, en el ámbito de sus competencias y funciones, a los establecimientos de salud privados y a otros prestadores, la aplicación y cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente ley.

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