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Luchó por el uso de su apellido

La diseñadora de modas Carolina Herrera y la batalla legal que perdió en Perú

En noviembre de 2021, la famosa diseñadora intentó frenar el registro de la marca "La Jabonera by María Herrera", de una emprendedora peruana. Finalmente Indecopi resolvió el proceso. ¿Qué pasó?

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Carolina Herrera
La diseñadora de modas Carolina Herrera y la batalla legal que perdió en Perú
Fecha Actualización

La icónica diseñadora de modas venezolana, Carolina Herrera, propietaria de una prestigiosa casa de moda que lleva su nombre, intentó que su apellido se use en Perú mediante un documento enviado a Indecopi, con la intención de que se distinga su marca de la de una emprendedora local, con quien compartía el apellido.

La resolución que data de agosto del 2023, pero recientemente hecha pública por LP - Pasión por el Derecho, la empresaria venezolana envió en noviembre de 2021 un documento para frenar el registro de "La Jabonera by María Herrera", marca de María Carolina Herrera Herrera, quien inició el procedimiento un mes antes.

La empresaria peruana solicitó el registro de su marca para distintos productos de la clase 3 de la nomenclatura oficial, que incluye preparaciones para blanquear, jabones no medicinales y productos de perfumería.

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Sin embargo, Carolina Herrera Ltd., con sede en Estados Unidos, se opuso bajo el argumento de que es titular de registros de marcas en la misma clase, el signo solicitado era similar a sus marcas y se refiere a productos idénticos y sus marcas conforman una familia basada en el término “Herrera”.

Así pues, durante varios meses, ambas partes se enfrascaron en una disputa legal, cada una con sus argumentos. Carolina Herrera aseguraba que "herrera" es un término distintivo y que apellidarse así no daba el derecho a nadie para obtener un registro con este nombre.

Aseguraba que nuestra compatriota confundía el derecho al uso de un apellido con el derecho de propiedad industrial: apellidarse Herrera no validaba comercializar productos bajo este apellido.

Por otro lado, la peruana María Herrera aseguraba que este apellido es común en Perú, asegurando que la marca de la diseñadora no impedía que personas que lo compartan puedan utilizarlo para identificarse en el ámbito civil. Señaló también que la presencia de otras marcas con el término “Herrera” en la clase 25 de la nomenclatura oficial era irrelevante, ya que los signos analizados pertenecen a la clase 3.

Añadió que conceder el derecho exclusivo sobre el apellido “Herrera” limitaría a múltiples personas la posibilidad de emplearlo para actividades económicas.

La emprendedora afirmó que no pretendía que su signo fuera similar a las marcas base de la oposición y que otorgar la exclusividad de uso del apellido a Carolina Herrera representaría un abuso de derecho. “Carolina Herrera busca excluir a otros empresarios del mercado al pretender prohibir el uso de su apellido con fines comerciales”, sostuvo. Como parte de su defensa, trajo a colación un caso similar ocurrido en Colombia, donde la Superintendencia de Industria y Comercio declaró infundada la oposición y registró la marca “Diana Herrera belleza en tu mirada”.

Indecopi, finalmente, falló a favor de la peruana y en un proceso de inscripción en dos instancias, resolvió que no existía riesgo de confusión entre ambas marcas, ya que sus signos no eran semejantes.

Para el ente, la marca americana tenía como elemento característico el nombre completo “Carolina Herrera”, mientras que la marca peruana utilizaba “María Herrera”, lo cual hacía que se vieran y escucharan diferentes.

Concluyó además que otorgar el derecho exclusivo sobre el apellido “Herrera” a Carolina Herrera habría limitado injustamente el uso de dicho apellido por otras personas en actividades comerciales.

 

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