Congresistas aprobaron ayer temas referidos a la reforma electoral.
Congresistas aprobaron ayer temas referidos a la reforma electoral.

En la última sesión del Pleno del se aprobó, en primera votación, el Proyecto de Ley (PL) 551/2016-CR que establece un nuevo Régimen de Admisión Temporal de Aeronaves y Material Aeronáutico.

Este proyecto es una extensión de lo aprobado en la Ley 29624, que consideró que las personas naturales y jurídicas puedan ingresar al país aeronaves, así como también las partes, piezas, repuestos y motores, documentos técnicos de las mismas, con suspensión de pago de todo tributo por el periodo de cinco años, contando a partir de la vigencia de la ley.

Como se recuerda, la norma estuvo en vigencia desde diciembre 2010 hasta el mismo mes en 2015. Sin embargo, en setiembre de ese año, el congresista Mesías Guevara (Acción Popular) solicitó la derogación, justificando que la Sunat dejaba de percibir impuestos adicionales al beneficio de importación temporal. Las aerolíneas estarían dejando de pagar los impuestos por depreciación estipulados en el Código Tributario.

La autora del PL, la congresista fujimorista Karla Schaefer, sostiene que si no se aprueba, las aerolíneas pequeñas son las que más se perjudicarían, ya que las empresas grandes como Latam tienen recursos para realizar las reparaciones en otros países. Además, considera que promueve el transporte aéreo de bajo costo en el interior de país, beneficiando al consumidor.

Marisa Glave (Nuevo Perú), en su presentación en el Pleno, expresó que “cuando se derogó, la Sunat informó que, por lo menos, S/700 millones al año no eran pagados por las aeronáuticas debido a esta exoneración. La institución demostró que la principal empresa en utilizar el beneficio no eran las pequeñas y medianas empresas, sino Lan, hoy Latam”.

Desfavorable

Luego de que el PL se debatió en la Comisión de Economía, el Pleno solicitó a la Comisión de Transportes que lo evalúe incluyendo las opiniones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que lo calificó como desfavorable.

Según una fuente del MEF, este tendría distintos efectos. (i) Reactivaría las distorsiones generadas en el mercado por la Ley 29624. “Al permitirse una depreciación de 20% anual y declararse en 5 años la base imposible sobre la cual se paga el tributo, la ley se convertiría en un mecanismo destinado al no pago de impuestos, en lugar de uno de admisión temporal”. Además, precisaron que, desde que la Ley 29624 dejó de estar en vigencia en 2015, la actividad aeronáutica no se redujo; por el contrario, el flujo de pasajeros creció en 9%.

(ii) La ley es innecesaria. “La Ley General de Aduanas ya prevé un mecanismo de beneficios tributarios a la importación temporal de ciertos bienes, la cual es de 18 meses. Al final de este periodo, si sale del país, pueden reingresarlo de nuevo por 18 meses más bajo el mismo sistema”.

(iii) Distorsiona la aplicación general de los regímenes aduaneros. “Sustenta una discriminación frente a otros sectores que no tienen el beneficio, como el sector de transporte terrestre”.

(iv) Genera costos al Estado. “Se estima un costo potencial máximo anual de US$51.5 millones de ingresos por IGV”.

Finalmente, la presidenta del Consejo de Ministros, Mercedes Aráoz, expresó su preocupación: “Realmente no está probado que lleve (la ley) a una mayor ampliación del sector aeronáutico. Dicen ahora que ya no incluye a las grandes empresas, pero estas pueden hacer subcontrataciones y disfrazarse para crear microempresas y obtener este tipo de exoneraciones. Creo que hay que ser muy cuidadosos”.

Sabía que

- El dictamen se aprobó con 51 votos fujimoristas a favor y 47 votos en contra.

- Entre 2010 y 2014 la Sunat dejó de percibir S/3,300 millones por impuestos de las empresas aeronáuticas.

- Asimismo, la Sunat precisó que anualmente se pierden S/15,000 millones por exoneraciones fiscales.

- Entre enero y noviembre de 2008, Lan Perú S.A. fue el consignatario que más usó el régimen de admisión temporal (39.20%), seguido por la Fuerza Aérea del Perú (38.22%).

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