A diferencia de los días no laborables, los feriados se acatan tanto en el sector público como privado (Foto: Pixabay)
A diferencia de los días no laborables, los feriados se acatan tanto en el sector público como privado (Foto: Pixabay)

Si estás ajetreado con el trabajo y los quehaceres diarios, y estás buscando un tiempo libre para descansar, ya sea en casa con tu familia, seres queridos y/o amigos, o salir de viaje, no te preocupes, que a continuación te damos a conocer los y días no laborables que quedan este 2022 en Perú.

Si bien, lo primero que se te viene a la mente son Fiestas Patrias como la celebración más cercana, no olvides que hay varias fechas que aún quedan pendientes.

FERIADOS QUE RESTAN ESTE 2022

  • Jueves 28 de julio: Fiestas Patrias
  • Viernes 29 julio: Fiestas Patrias
  • Martes 30 agosto: Santa Rosa de Lima
  • Sábado 08 octubre: Combate de Angamos
  • Martes 01 noviembre: Día de Todos los Santos
  • Jueves 08 diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
  • Domingo 25 diciembre: Navidad
Ten en cuenta los feriados y días no laborables que restan para que te tomes un descanso (Foto: Freepik)
Ten en cuenta los feriados y días no laborables que restan para que te tomes un descanso (Foto: Freepik)

DÍAS NO LABORABLES QUE RESTAN ESTE 2022

  • Lunes 29 agosto: Día no laborable para el sector público
  • Viernes 07 octubre: Día no laborable para el sector público
  • Lunes 31 octubre: Día no laborable para el sector público
  • Viernes 09 diciembre: Batalla de Ayacucho - Día no laborable sector público
  • Lunes 26 diciembre: Día no laborable para el sector público
  • Viernes 30 diciembre: Día no laborable para el sector público
Haz planes para disfrutar de los feriados y días no laborables (Foto: Freepik)
Haz planes para disfrutar de los feriados y días no laborables (Foto: Freepik)

PUENTES PARA DESCANSAR

Tomando en cuenta que la declaratoria de días no laborables se hace para generar puentes; es decir, juntar los feriados con algunas fechas que le anteceden o son posteriores a estos, quienes descansan los fines de semana podrán disfrutar de estos beneficios. Así tendremos los siguientes puentes:

  • Por Fiestas Patrias: el jueves 28 y el viernes 29, a los que se juntan el fin de semana sábado 30 y domingo 31 de julio.
  • Por Santa Rosa de Lima: el lunes 29 y el martes 30 de agosto, a estos se sumarán para algunos los dos días que le anteceden: sábado 27 y domingo 28 de agosto.
  • Por el Combate de Angamos: el viernes 7 y el sábado 08 octubre, a este se adicionaría el domingo 9 de octubre para los que descansen este día.
  • Por el Día de Todos los Santos: el lunes 31 de octubre y el martes 1 de noviembre, a los que le antecederán el sábado 29 y el domingo 30 para quienes descansan los fines de semana.
  • Por el Día de la Inmaculada Concepción y Batalla de Ayacucho: el jueves 8 y el viernes 9 de diciembre, los cuales se juntan con el sábado y domingo 10 y 11 de diciembre.
  • Por Navidad: el domingo 25 y lunes 26 de diciembre, al que unirá para los que descansan fines de semana el sábado 24 de diciembre.
  • Por Año Nuevo: como el Año Nuevo 2022 caerá el domingo 1 de enero, el viernes 30 de diciembre se declaró feriado no laborable, el cual se unirá al sábado 31 de diciembre.
Tanto 28 y 29 de julio son feriados por Fiestas Patrias (Foto: Hugo Pérez-GEC)
Tanto 28 y 29 de julio son feriados por Fiestas Patrias (Foto: Hugo Pérez-GEC)

¿EN QUÉ SE DIFERENCIA EL FERIADO DEL DÍA NO LABORABLE?

Feriado

El feriado es un día festivo en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases.

En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.

Día no laborable

El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que sólo recibirá el mismo sueldo sin incrementos.

Para los que descansen deberán compensar esas horas con horas extras, trabajos los sábados o considerar como parte de las vacaciones.