En qué casos no pago multa si no fui a votar o no cumplí como miembro de mesa

Un total de 5 millones 242 mil 931 no cumplió con su deber cívico. En qué casos corresponde presentar solicitudes de dispensa o justificación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para ser exonerados del pago.
Trámite puede hacerse de manera presencial o virtual ante el JNE (Foto: GEC)

Si por algún motivo de fuerza mayor no pudiste votar o ser miembro de mesa en las del pasado 2 de octubre, te explicamos cómo puedes tramitar a una dispensa o justificación ante el Jurado Nacional de Elecciones para evitar el pago de multas.

Cabe mencionar que un total de 24 millones 760 mil 62 peruanos y extranjeros estuvieron convocados para convocados para participar de los comicios, pero de acuerdo con la el 22.490% de electores (5 millones 242 mil 931) no asistió.

Asimismo, si bien el cargo de miembro de mesa es irrenunciable y el voto es obligatorio en el Perú, en la Ley Orgánica de Elecciones hay algunos criterios que permiten justificarse o presentar una dispensa en caso de no poder participar, de lo contrario debes pagar las multas que van desde los S/23 hasta los S/230.

¿CÓMO PUEDO PRESENTAR UNA JUSTIFICACIÓN POR NO SER MIEMBRO DE MESA O DISPENSA POR NO VOTAR?

Puedes solicitar una justificación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) si no cumpliste con ser miembro de mesa, o dispensa si no votaste. El trámite se inició el 3 de octubre.

Requisitos

¿CUÁLES SON LAS CAUSALES PARA PRESENTAR UNA JUSTIFICACIÓN O DISPENSA DE MULTA ELECTORAL?

Debes adjuntar los documentos que demuestren el motivo de tu inasistencia.

¿EN QUÉ CASOS NO REQUIERO PAGAR POR EL TRÁMITE PARA LA DISPENSA O JUSTIFICACIÓN DE MULTA ELECTORAL?

No requiere pago por derecho de trámite la solicitud cuando se sustenten las siguientes causales:

¿CUÁNDO Y DÓNDE DEBO PRESENTAR EL TRÁMITE DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA ANTE EL JNE?

Desde el 3 de octubre, al día siguiente de la fecha de los comicios, se puede iniciar el trámite virtual. Para ello, debes ingresar al . También puedes acudir a la Mesa de Partes Presencial del JNE, de las Oficinas Desconcentradas o de los Jurados Electorales Especiales en época electoral.

NOTA: Los ciudadanos registrados en el Reniec cuyo DNI consigne la condición de discapacidad y/o inscritos en el Conadis serán justificados y/o dispensados de oficio sin necesidad de realizar, personalmente, el respectivo trámite ante el JNE.

Presenta tu justificación y/o dispensa de una multa electoral en las elecciones del 2 de octubre (Foto: Andina)

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