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Declaran estado de emergencia en cinco distritos de Huánuco y tres de Pasco para preservar orden interno

Medida aplicará por 60 días. En tanto, otro decreto supremo establece la prórroga del estado de emergencia en distritos de las regiones de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín.

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Fecha Actualización
El Ejecutivo declaró en estado de emergencia, por 60 días, en cinco distritos de la región Huánuco y tres del departamento Pasco, con el objeto de cautelar el orden interno, así como preservar los derechos constitucionales de la población.
Mediante el decreto supremo Nº 050-2019-PCM publicado hoy en el diario oficial El Peruano señala que la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
La medida se aplicará en las en los distritos de Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis, Codo del Pozuzo y Honoria de la provincia de Puerto Inca del departamento de Huánuco, y en los distritos de Constitución, Palcazú y Puerto Bermúdez de la provincia de Oxapampa de la región de Pasco.
La norma refiere que durante la vigencia del estado de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, respectivamente.
-Prorrogan estado de emergencia-
De otro lado, hoy también se publicó el decreto supremo N°055-2019-PCM que establece prorrogar el estado de emergencia en  distritos de Ayacucho (13), Huancavelica (9), Cusco (5) y de Junín (7). Medida tiene una vigencia de 60 días calendario, a partir del 30 de marzo hasta el 28 de mayo del presente año.
En Ayacucho
Huanta: Ayahuanco, Santillana, Sivia, Llochegua, Canayre, Uchuraccay y Pucacolpa.
La Mar: Anco, Ayna, Chungui, Santa Rosa, Samugari, Anchihuay y Huachocolpa.
En Huancavelica
Tayacaja: Huachocolpa, Surcubamba, Tintaypuncu, Roble, Andaymarca y Colcabamba.
Churcampa: Chinchihuasi, Pachamarca y San Pedro de Coris.
En Cusco
La Convención: Echarate, Kimbiri, Pichari, Villa Kintiarina y Villa Virgen.
En Junín
Satipo: Mazamari, Pangoa, Vizcatán del Ene y Río Tambo.
Concepción: Andamarca.
Huancayo: Pariahuanca y Santo Domingo de Acobamba.
Los tres decretos llevan la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra y la del titular del Consejo de Ministros, Salvador del Solar. También está refrendada por los titulares de los ministerios de Defensa, Interior y Justicia y Derechos Humanos.