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Declaran en emergencia varios distritos de Cusco y Junín por daños causados por lluvias

Se trata de un distrito de la región de Junín y siete jurisdicciones de Cusco. Medida estará vigente en ambos departamentos por 60 días calendario.

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Fecha Actualización
El Gobierno declaró hoy el estado de emergencia en varios distritos de las regiones de Junín y Cusco donde se reportaron daños causados por lluvias intensas.
La primera norma Nº 059-2019-PCM publicada en el diario oficial El Peruano establece el estado de emergencia en el distrito de Monobamba de la provincia de Jauja, región de Junín, por desastre a consecuencia de caída de huaicos y deslizamientos, debido a intensas precipitaciones pluviales.
Mientras la segunda norma Nº 060-2019-PCM señala que la medida será acatada en siete jurisdicciones de la región de Cusco. Se tratan de Villa Virgen, Santa Teresa, Maranura, Echarate y Quellouno de la provincia de La Convención.
También, el distrito de Marcapata de la provincia de Quispicanchi y la jurisdicción de Omacha de la provincia de Paruro.
Ambos dispositivos precisan que la medida estará vigente en ambas regiones por 60 días calendario, e indica que durante ese tiempo se podrá ejecutar acciones y medidas de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Agrega que los gobiernos regionales de Junín y Cusco, y los gobiernos locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de los ministerios de Salud, Educación, Agricultura y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Interior, Defensa, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Desarrollo e Inclusión Social, Trabajo y Promoción del Empleo, de la Producción; y Energía y Minas, ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas, las que deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento.
La implementación de las acciones previstas en los presentes decretos supremos, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.
Ambas normas son refrendadas por el presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, y los titulares de los sectores de Salud, Educación, Agricultura y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Interior, Defensa, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Desarrollo e Inclusión Social, Trabajo y Promoción del Empleo, Producción y Energía y Minas.