Fuerzas Armadas explican cuál es el procedimiento de intervención a ciudadanos que incumplen cuarentena. (GEC)
Fuerzas Armadas explican cuál es el procedimiento de intervención a ciudadanos que incumplen cuarentena. (GEC)

Este sábado se cumplen 13 días desde que se oficializó el estado de emergencia nacional para frenar el contagio de en el territorio nacional. Sin embargo, pese a la obligatoriedad de la medida, muchos malos ciudadanos han desacatado la disposición gubernamental.

Durante la última exposición del presidente se reveló que, hasta la fecha, fueron detenidos más de 26 mil ciudadanos por no respetar el aislamiento social obligatorio impuesto por el Ejecutivo. Incluso en la víspera se dispuso extremar las medidas de resguardo en las regiones del norte del país por ser las que más incumplimiento evidenciaban.

A raíz de esta situación, el Ministerio de Defensa y las Fuerzas Armadas han compartido un instructivo en el que explican cuál será el procedimiento que aplicarán al encontrar a algún infractor en las calles sin justificación o durante el horario de toque de queda. Estos son los casos:

1. Intervención de personas que incumplan el aislamiento social obligatorio

Cuando una persona transite sin justificación durante el día, los representantes de las Fuerzas Armadas pronunciarán la palabra ‘alto’ tres veces. Posteriormente le solicitarán el documento nacional de identidad (DNI) del ciudadano o pasaporte.

De existir resistencia por parte del intervenido se le reducirá, detendrá y conducirá a la comisaría más cercana.

2. Intervención de actividades deportivas

En los últimos días se ha mostrado a varios peruanos desacatando la cuarentena para acudir a jugar fútbol o realizar alguna otra práctica deportiva, pese a que ello representa también un riesgo para la salud pública.

Ante esta situación, se ha explicado que las patrullas que encuentren a estas personas en pleno desacato, les advertirán sobre su incumplimiento y, de resistirse a la intervención, serán reducidos y conducidos a una dependencia policial.

3. Intervención en un evento social

Al igual que en el caso anterior, varias denuncias de personas realizando celebraciones o consumiendo bebidas alcohólicas en fiestas y locales pese al estado de aislamiento han sido denunciadas.

Uno de los casos más sonados fue el de Nolberto Solano quien fue intervenido tras participar de una celebración en casa de su vecina pese a la prohibición.

En este caso, los militares procederán a informar a los asistentes de la falta que están cometiendo y de intentar evitar la intervención serán reducidos progresivamente, detenidos y llevados a una sede policial.

4. Intervención ante saqueos

Aprovechando la zozobra que se ha generado en torno a este estado de emergencia, malos ciudadanos han promovido la realización de saqueos en establecimientos comerciales por ello las instituciones castrenses han dejado claro que de ocurrir una situación de ese tipo, intervendrán inmediatamente.

Ante un caso de saqueo, los militares reducirán a los delincuentes y como en los anteriores casos los detendrán para ponerlos a disposición de las autoridades policiales.

5. Aplicación del principio de legítima defensa

Cuando un grupo hostil intente atacar o ataque a las patrullas de las fuerzas armadas con armas blancas o de fuego, se aplicará el principio de legítima defensa que implica que estas personas serán advertidas sobre el empleo de las armas por parte del personal militar.

Posteriormente- y de no existir respuesta por parte de los infractores para detener su ataque- los miembros de las Fuerzas Armadas harán uso de sus de reglamento y a quien se resulte herido se le brindará asistencia médica