El Poder Judicial declaró infundado el pedido de prisión preventiva contra el agente de la Policía que mató de un balazo a un soldado del Ejército, quien presuntamente intentó robarle un celular junto con su compinche.
Durante la audiencia efectuada en el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz, en Chiclayo, se determinó que no se cumplió con la totalidad de los presupuestos para que este caso sea calificado como un acto de legítima defensa. Por ello se impuso contra Luigy Acuña Rojas —autor del disparo que acabó con la vida de Sharlo Peña Guevara— la medida cautelar de comparecencia con restricciones.
Según explicó la jueza Sara Vera Zuloeta, el hecho no fue considerado como un acto total de defensa porque el ataque se registró cuando el presunto ladrón huía tras perpetrar el atraco y por ello, según aseveró, Acuña no puede ser excluido de una responsabilidad penal y tendrá que afrontar el proceso en libertad.
TENÍA ANTECEDENTES
En la audiencia se conoció que el fallecido registra antecedentes por robo agravado y varias denuncias en su contra por arrebatos. Incluso, según se informó, tiene un ingreso al Centro de Rehabilitación Juvenil de Chiclayo, José Quiñones.
También se informó que las pruebas de absorción atómica realizadas tras su muerte dieron positivo respecto a la manipulación del arma con la que presuntamente amedrentó a la pareja e hijo del agente.
Al término de la actividad, el suboficial Acuña señaló que la decisión judicial fue justa. No obstante aseguró que solicitará garantías, pues teme por la vida de su familia debido a que habrían recibido amenazas por parte de los familiares del fallecido. Como se recuerda, el Ministerio Público solicitó siete meses de cárcel provisional contra el agente por el presunto delito de homicidio simple.