Redacción PERÚ21

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Igualdad para todos. Este martes, a través del Decreto Supremo N° 002-2019-MIMP (Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables), publicado en el diario oficial El Peruano, se aprobó el reglamento de la Ley N° 30687, Ley de promoción de los derechos de las .

Por intermedio de esta normativa, se buscará establecer un marco normativo de promoción de los derechos de las personas de talla baja, instaurando una cultura de respeto a su condición física, el trato igualitario y no discriminatorio en la sociedad.

Asimismo, el estatuto también tiene como objetivo alentar la inclusión de este sector vulnerable de la población en los planes, programas y proyectos que el Estado planifica y ejecuta.

Con esta ley, el Estado desarrollará acciones directas para incorporar a esta población (personas de talla baja) en los planes, programas y proyectos de las entidades públicas. 

La aprobación de la Ley N° 30687 permitirá desarrollar investigaciones biomédicas, diagnóstico temprano y tratamiento médico a estos trastornos genéticos o de crecimiento.

Además, se fomentará la responsabilidad de incorporar en todo el sistema educativo nacional una cultura de respeto a las personas de talla baja, promoviendo el trato igualitario y asegurando una adecuada convivencia en las instituciones educativas.

Bajo esta legislación, el Estado incentivará a que las entidades públicas y privadas fomenten entornos de trabajo que integren a las personas de talla baja, entre otros aspectos.

Para la aplicación de la Ley y el presente Reglamento se establecerán diversas actividades de concientización y sensibilización

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