Foto: Mario Zapata.
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Redacción PERÚ21

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Ántero Flores-Aráoz,PolíticoAutor: Gonzalo Pajares.gpajares@peru21.com

La Quinta Sala Penal ha ordenado el traslado de los cabecillas del MRTA (Polay, Rincón y Cárdenas) y del senderista 'Feliciano' a una cárcel común. Para saber la legalidad de esta medida entrevistamos a Ántero Flores-Aráoz, exministro de Defensa.

La resolución de la Quinta Sala Penal para Procesos con Reos Libres –que ordena el traslado de la Base Naval a una cárcel común de los emerretistas Víctor Polay, Miguel Rincón y Peter Cárdenas, y del senderista Óscar Ramírez Durand–, ¿se ajusta a ley?Para mí, no. Primero, la política de los establecimientos penales le corresponde al Poder Ejecutivo no al Poder Judicial (PJ). Segundo, los magistrados de la Quinta Sala Penal han privilegiado el interés de cuatro personas en lugar del interés de todos los peruanos. El PJ debe preferir la norma constitucional sobre las demás, sobre todo si es de menor rango.

Y esto no hicieron estos magistrados…Así es. Unas normas penitenciarias no pueden ir más allá de la Constitución: lo establece ella misma en su artículo 51. El inciso 22, del artículo 2 de la Constitución, establece que todos tenemos derecho a la paz y a la tranquilidad, y estos terroristas de alta peligrosidad podría atentar contra nuestra paz. Además, según el artículo 38 de la Constitución, es deber del Estado proteger los intereses nacionales, y nuestro sosiego podría ser afectado por estos antisociales. Asimismo, estos magistrados han olvidado que es una obligación del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y estas personas pueden atentar contra la seguridad de todos nosotros. Por último, el artículo 163 de la Constitución establece que el Estado garantiza la seguridad de la nación, y el PJ es parte del Estado, entonces, no veo cómo se garantiza la seguridad de la nación con una resolución como la que ha emitido, que se ha quedado en los formalismos penitenciarios y se ha olvidado de nuestro derecho a vivir en paz, a tener tranquilidad y a ser protegidos por el Estado.

Se supone que la Base Naval no es un penal y, por eso, los terroristas no deberían estar recluidos allí…Eso es relativo. No habiendo un penal de altísima seguridad fue necesario que se suscribiera –entre los ministerios de Justicia y Defensa– un convenio para construir un penal dentro de la Base Naval. Y la Marina de Guerra no lo administra, solo da la protección exterior. Y sé que contentos no están, pues tienen que asignarle muchos efectivos, quienes se distraen de su actividad principal, que es nuestra defensa.

Entonces, nos falta una cárcel de máxima seguridad…Sin duda. Las celdas de la Base Naval se construyeron de manera provisional, de emergencia, cuando se capturaron a algunos líderes senderistas. Lamentablemente, como es costumbre en el Perú, lo provisional se termina convirtiendo en permanente.

Las cárceles más seguras están en recintos militares o policiales. ¿Esto no muestra la incapacidad del Estado?Somos un país de carencias. Si bien los últimos años hemos tenido mayores recursos porque la economía marchó bien, no han sido los suficientes. Propongo adaptar el ex cuartel de La Merced, que está en Chorrillos, y darle las máximas medidas de seguridad. Pero eso de trasladar a estos terroristas a penales comunes sería una aberración, algo absolutamente irresponsable, pues ya vemos que en ellos entra de todo, desde drogas hasta armas.

Los terroristas presentaron 25 hábeas corpus pidiendo su traslado. Las veces anteriores el PJ les dijo que no. ¿Esto no debió crear jurisprudencia? ¿Estos recursos se pueden presentar infinitamente?Empezaré por lo segundo: Nadie puede impedir presentar esos recursos, pero la defensa del Estado tiene que ser lo suficientemente buena para hacerle recordar a los magistrados que ya hubo pronunciamientos anteriores sobre la misma materia, y que se ha creado un criterio, una corriente jurisprudencial.

El INPE presentó un recurso de agravio constitucional…De acuerdo con el artículo 18 del Código Procesal Constitucional, cuando la resolución ha sido adversa a quien la interpuso este puede presentar el recurso de agravio constitucional directamente al Tribunal Constitucional (TC). Aparentemente, este recurso no procedería porque la resolución no fue adversa a quien presentó el hábeas corpus sino al revés. Sin embargo, el TC ha ido ampliando criterio y jurisprudencia, y ha señalado que, cuando hay un interés público manifiesto, el Estado también tiene derecho a interponer el recurso de agravio constitucional. Por eso, el expediente ya está en el TC. Esperemos que el TC corrija esta situación, pues no podemos estar expuestos a la peligrosidad de estos avezados delincuentes que, por lo demás, no han mostrado ningún propósito de enmienda.

¿Tenemos un régimen penitenciario draconiano?De modo alguno. Las condiciones carcelarias van de acuerdo con los delitos por los que se fue sancionado. Los terroristas tienen un régimen severo, pero humano y legal. Nuestras cárceles no son Guantánamo.

AUTOFICHA

- Le tengo mucho cariño al PPC y, sin duda, lo que han vivido los últimos días los afecta y a mí me apena, pero es legítimo que en los partidos políticos haya discrepancias.

- Discrepo con Luis Bedoya en su visión sobre Nadine Heredia. Si ella contradice a un primer ministro y le gana es obvio que tiene poder.

- Mi partido político se llama Orden y ya tenemos 112 comités provinciales… y vamos avanzando día a día. Espero ser candidato a la presidencia en 2016.