El defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, titular de la Defensoría del Pueblo. (Perú21)
El defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, titular de la Defensoría del Pueblo. (Perú21)

La Defensoría del Pueblo se metió de lleno en la controversia del indulto a Alberto Fujimori desde que este beneficio fue concedido al ex gobernante, en la víspera de la última Navidad. Desde aquella vez, informó al país que había solicitado al Ministerio de Justicia el expediente que sustentó la gracia presidencial. Según el propio mandatario Pedro Pablo Kuczynski, su decisión de liberar a Fujimori se basó en el informe médico que está anexado en el referido documento y que daba cuenta –de acuerdo a su versión– de una afectación irreversible de su salud. Aunque ello no ha impedido que desde la oposición rechacen la versión de Kuczynski e insistan en que fue parte de un “pacto político”.

El protagonismo que ganó la Defensoría en este tema se lo dio el Minjus al negarle la entrega del expediente hasta en dos ocasiones, a pesar de que la Ley 26520 exige a las instituciones públicas proporcionarle toda información que esta requiera. El ministerio, no obstante, sí le envió una copia del mismo a la Corte-IDH, que el próximo 2 de febrero evaluará en audiencia pública el proceso de indulto al ex presidente, quien cumplía 25 años de prisión por crímenes contra los derechos humanos.

Pero ayer, sin esperar más al Ejecutivo, la DP publicó un informe que analiza la Resolución Suprema N° 281-2017-JUS en el que concluye que “no cumple con los estándares” que sustenten un indulto humanitario. Advirtió que esta “no presenta una justificación” clara sobre el real estado de salud del ex presidente y que, además, no contempla si vulnera la Ley 28760, que, de manera expresa, “prohíbe el otorgamiento de indulto a los condenados por delito de secuestro agravado”, delito por el que Fujimori fue sentenciado.

Hasta ahí, la DP esbozó cuestionamientos legales que ya fueron rebatidos por el gobierno y la defensa en el sentido de que el procedimiento fue regular y que el presidente Kuczynski no hizo más que ejercer una potestad que le confiere la Constitución.

La polémica está en señalar que el líder histórico del fujimorismo no puede realizar actividad política porque eso significaría burlarse de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta. En este punto, razón no le falta a dicha institución porque el indulto extinguió la pena pero no el delito. Fujimori sigue siendo culpable. Además, si lo hace, sería totalmente contradictorio con el fundamento médico del peticionario.