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Redacción PERÚ21

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José Carlos Reyes,Mis.Finanzasjreyes@peru21.com

Las más de dos mil comisiones que existían en el sistema financiero llegaron a su fin el primero de enero, cuando entró en vigencia una norma de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) que establece las categorías y denominaciones de cobros permitidos.

El norma establece un total de 57 comisiones permitidas para los distintos productos financieros.

De ellas, 20 están relacionadas con el uso de las tarjetas de crédito, divididas en dos bloques.

En el primero, figuran 14 inherentes a la tarjeta: membresía (anual), evaluación de póliza de seguro endosada, envío físico de estado de cuenta (puede solicitar el envío gratuito por mail), conversión de monedas, uso del cajero automático, ventanilla, agente corresponsal y del módulo electrónico.

Asimismo, por modificaciones en la fecha de pago, sistema (forma) de pago y reprogramación de las cuotas. Además, por la reposición de tarjetas, emisión de plásticos adicionales o solicitar tarjetas con beneficios (tipo Priority Pass).

El segundo bloque de 6 comisiones también se pueden cobrar en otros productos financieros: emisión de constancias, duplicados de contratos, gestión de compra de deudas, cargos recurrentes (servicio de pagos automáticos), emisión y reposición de medios de seguridad (tipo clave Token del BCP).

COMPARAR PARA ELEGIRLa exjefa de Productos al Usuario de la SBS, Giovanna Prialé, refirió que los cientos de cobres se generaban porque cada banco le ponía un nombre distinto a la misma comisión.

"Ahora, al tener un mismo nombre, el usuario podrá comparar los cobros. Ello fomentará mayor competencia", destacó.