Constituciones y crecimiento
Constituciones y crecimiento

Entre 1875 y 1949, Argentina fue uno de los países más ricos del planeta; su PBI per cápita se ubicaba entre los diez primeros. Desde entonces, el declive ha sido ininterrumpido e implacable, llegando a descender al puesto setenta y uno, que hoy ocupa, en la clasificación de las naciones. Pero ¿por qué se inicia la caída en 1949? Probablemente confluyan varios factores, cuyo análisis rebasa mi columna, pero sin duda uno de ellos fue el cambio del régimen económico del país y de la estructura de incentivos. Hasta 1949 había regido la Constitución de 1953 fundamentada en el tratado Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, escrito, un año antes, por el pensador liberal Juan Bautista Alberdi.

Los tres elementos que vertebraron la obra de Alberdi fueron la división de poderes de Montesquieu, la riqueza de las naciones de Adam Smith y la Constitución de EE.UU. En lo económico, la Constitución de 1853 consagraba el libre comercio, la competencia, la iniciativa privada y la libre empresa. Le fue muy bien a Argentina con estos principios durante casi un siglo; hasta que, en 1949, durante la primera presidencia de Perón, se aprobó una nueva Constitución que promovía la intervención del Estado en la economía y el comercio exterior, y la –no siempre circunspecta– función social de la propiedad. Sin duda, la Constitución tenía aspectos positivos, como la igualdad de derechos para la mujer y la elección directa del presidente; en lo económico, no obstante, puso fin al proceso dinámico de crecimiento –capaz de absorber decenas de miles de inmigrantes año tras año– y abrió el paso a siete décadas de populismo que han convertido en subdesarrollado a uno de los países más prósperos.

Lo anterior es botón de muestra de los riesgos que traen los cambios constitucionales. Es cierto que la Constitución peruana de 1993 tuvo un problema de legitimidad de origen: el proceso constituyente fue secuela de un golpe de Estado. Pero es igualmente cierto que el Título 3 de dicho texto ha sido clave en el crecimiento que ha gozado el país durante casi tres décadas. En concreto, ha hecho posible la preservación de la estabilidad macroeconómica, y la limitación de la actividad empresarial del Estado. Seamos prácticos, un aparato estatal que es incapaz de proveer seguridad, justicia y servicios de salud y educación aceptables difícilmente hará algo bien como empresario; si no, echemos una mirada a los 70 y los 80.

El Título 3 de la Constitución de 1993 fue fruto de un análisis exhaustivo de experiencias de éxito; fui testigo de ello pues, por aquel entonces, yo negociaba los dos primeros préstamos multilaterales de la reinserción y algunas de las reformas constitucionales daban sustento a estos. Recuerdo la conferencia que Jaime Yoshiyama, entonces presidente del Congreso, organizó en 1993 con el Banco Mundial para que los congresistas se ilustraran con economistas de la talla de Alan Walters, Allan Meltzer y Willem Buiter.

Ojalá en algún momento se le reconozca a Yoshiyama su aportación con el Título 3 de la Constitución.

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