(Piko Tamashiro)
(Piko Tamashiro)

Cuando la Corte liberó a Ollanta y a Nadine, el juez les embargó su casa. No se advirtió que se estaba creando un precedente funesto. La prisión preventiva y la pérdida de propiedad se sancionaban antes del juicio, antes de que te declaren culpable, cuando aún eres inocente por mandato de la Constitución.

Semejante violación de derechos estuvo autorizada inicialmente para lavado de activos por bandas de narcotraficantes o mineros ilegales. Pero la ley lo ha ampliado a casi cualquier delito. Como están las cosas, ya no se tiene que probar primero que el dinero tuvo origen ilícito, lo que se llama el delito fuente. Será suficiente que el fiscal sospeche y que el juez se lo crea. Lo ha dicho la Corte Suprema. Pero aún en la sospecha, se tiene que indicar, cuando menos, el delito fuente.

Este punto de partida no ha existido en el caso de Ollanta y Nadine ni en el de Keiko. Lo establecido es que para sus campañas electorales de 2011 recibieron dinero de Odebrecht. Pero lo delictivo no era todo el dinero de la empresa, que en apariencia era formal, sino solo el de esa cuenta especial en la que acumulaba el dinero irregular por adendas y arbitrajes. Además, como principio de responsabilidad penal, uno tenía que saber que ese dinero era ilícito. Eso no se sabía en 2011. Si no se sabía, no hay delito.

La pérdida de la libertad y de la propiedad, cuando aún eres inocente, por pura sospecha, es tan grave que solo debe aplicarse, excepcionalmente, a criminales de verdad y por crímenes de verdad. Extenderlo a todos los delitos e implicados crea un precedente inaceptable. Ahora son los políticos. Mañana pueden ser los empresarios. Pasado puede ser cualquiera. La violación de los derechos de otros es una amenaza para todos. No es justicia. No es derecho.