Elecciones 2018: ONPE espera aplicar el voto electrónico en Lima Metropolitana en próximos comicios. (USI)
Elecciones 2018: ONPE espera aplicar el voto electrónico en Lima Metropolitana en próximos comicios. (USI)

Más allá de cuál es el poder del Estado que presenta la iniciativa legislativa que aborde la reforma electoral, está claro que el país requiere la reforma a la luz de las experiencias de los últimos 35 años y más (1979 en adelante) y en los diversos procesos electorales que se han llevado a cabo. La reforma electoral debe fortalecer nuestra frágil institucionalidad política (partidos, candidatos, gobiernos locales, entre otros).

Una reforma electoral con modificaciones constitucionales debe ser aprobada en dos legislaturas ordinarias sucesivas. Varios de los temas ameritan un debate que sea técnico y político.

Algunas de las tareas que se debe abordar en la reforma electoral podrían ser la composición del Parlamento Nacional, el número de congresistas, la bicameralidad o unicameralidad y el voto prestacional (¿debe mantenerse?).

También podría considerarse la inmunidad parlamentaria, el financiamiento y transparencia (como elemento de lucha contra la corrupción), los aportes, la bancarización, los límites al financiamiento durante las campañas electorales, además de la presentación de la hoja de vida de los candidatos y los requisitos de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

A los ya mencionados podrían agregarse la reelección de alcaldes y gobernadores, la inscripción de partidos, el tiempo de preexistencia previa al proceso electoral, la valla electoral en partidos políticos, el padrón de partidarios, la publicación de encuestas antes del día de elecciones, la democracia interna (elecciones internas primarias en partidos políticos y la presencia de la autoridad electoral), el tiempo de afiliación para candidatear, la cuota de género, el distrito electoral para peruanos en el extranjero (?).

Como se puede apreciar, hay más temas además de la bicameralidad, que ciertamente resultan importantes. No todos requieren una enmienda constitucional.

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