(Foto: Jesús Saucedo/GEC)
(Foto: Jesús Saucedo/GEC)

En los países que cuentan con un sistema presidencial como el nuestro, los ciudadanos elegimos al Ejecutivo y a los congresistas. En el ejercicio del poder, el presidente y el Congreso tienen atribuciones diferentes. Ambos poderes del Estado son elegidos por un periodo fijo. En los regímenes parlamentarios en cambio, los ciudadanos eligen solo a los congresistas y el gobierno se forma a partir de las mayorías o coaliciones que estos conformen.

Nuestro presidencialismo se parlamentarizó e incorporó la cuestión de confianza como otras instituciones que fueron importadas de los regímenes parlamentarios. Parte de los problemas de gobernabilidad tienen como causa el que estas instituciones no funcionan de manera articulada en el presidencialismo. El debate de reformas al sistema de gobierno debería apuntar a mantener el presidencialismo parlamentarizado pero optimizando la gobernabilidad democrática.

Una de las reformas planteadas es eliminar el voto de la llamada cuestión de confianza al nuevo gabinete, manteniendo la exposición de la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión, y el posterior debate parlamentario. La estrecha relación entre ministros de Estado y Congreso es una tradición constitucional y una práctica regular. La presencia de los ministros contribuye al diálogo y fortalece las relaciones de control y colaboración entre Ejecutivo y Legislativo.

En esa misma línea, la aprobación de la agenda legislativa para el periodo 2021-2022, es un esfuerzo de consenso. La lista de los 71 temas publicados agrupados en las políticas del acuerdo nacional, responden a las prioridades de los nueve grupos parlamentarios y del Ejecutivo. Es además una herramienta de gestión, pero fundamentalmente un importante logro para la transparencia y la deliberación pública.

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El control político es consustancial a la democracia, por lo que el uso racional del mismo solo contribuye a fortalecer el sistema. En el caso de la función legislativa, en caso de desacuerdo entre Ejecutivo y Legislativo, la Constitución ha resuelto en favor del Congreso, al establecer la posibilidad de aprobar una ley por insistencia, con el voto de la mayoría absoluta de congresistas. Sin embargo, el Ejecutivo puede recurrir ante el Tribunal Constitucional si tiene argumentos para cuestionar la constitucionalidad de la ley. Este camino es el institucional que coloca a este órgano constitucional en su rol de árbitro entre Ejecutivo y Legislativo.

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