[OPINIÓN] Javier Alonso de Belaunde: Abuso rondero
[OPINIÓN] Javier Alonso de Belaunde: Abuso rondero

América TV se vio forzada a interrumpir su programación y transmitir un mensaje de una ronda campesina en aras de evitar daños a la integridad de sus periodistas. Estos fueron detenidos mientras hacían un reportaje sobre el involucramiento de la cuñada del presidente en obras públicas en Cajamarca. A la ronda no le gustó. El cautiverio duró cinco horas y terminó con los periodistas leyendo un comunicado bajo amenazas. Lamentablemente, el hecho no ha merecido una condena unánime. Hay quienes justifican el atropello rondero. Esta actitud le hace mucho daño a la jurisdicción comunal.

La justicia comunal se encuentra reconocida en la Constitución (art. 149). Detrás de la decisión del constituyente están los principios de pluralismo jurídico, identidad cultural y acceso a la justicia. El Poder Judicial no cubre las necesidades de toda la población en nuestro territorio. Es necesario contar con un canal de resolución de conflictos comunales.

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De 1993 a la fecha, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional han ido estableciendo en su jurisprudencia cuáles son los límites de la justicia comunal. Qué puede y qué no puede hacer. Y es que, para que el pluralismo no devenga en anarquía, es necesario reconocer una instancia superior común. Se trata, como el propio Convenio 169 sobre pueblos indígenas establece, de los derechos fundamentales y humanos.

Ese es el equilibrio que es necesario preservar para que la jurisdicción comunal no deje de ser una solución y se vuelva un problema. Pretender encuadrar los hechos de este caso en una costumbre consuetudinaria es un disparate. La actuación de los ronderos fue excesiva e injustificada. Todo abuso y arbitrariedad deben ser condenados. Queda en manos de la Fiscalía y el Poder Judicial trazar nuevamente la cancha.

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