Si bien la nueva ley establece que el empleador debe proveer de internet, luz y equipos al teletrabajador, se permite que ambos puedan llegar a un acuerdo distinto en función a las circunstancias particulares de cada caso, señala la columnista.
 (Foto: Difusión)
Si bien la nueva ley establece que el empleador debe proveer de internet, luz y equipos al teletrabajador, se permite que ambos puedan llegar a un acuerdo distinto en función a las circunstancias particulares de cada caso, señala la columnista. (Foto: Difusión)

Hace unas semanas, el Congreso aprobó por insistencia la Ley del Teletrabajo, que no es una figura nueva en el Perú. La primera ley fue aprobada en el 2013, pero debido a su excesiva rigidez solo 2 mil trabajadores lograron acogerse a ella.

Fue a raíz de la pandemia que nos vimos obligados a replantear la regulación del trabajo a distancia con el fin de que fuese realmente viable y así surgió el llamado trabajo “remoto”: un nuevo marco que permitió que, para agosto de 2021, más de doscientos cuarenta mil trabajadores puedan trabajar desde sus casas.

Sin embargo, este nuevo marco fue emitido vía decreto supremo en el contexto de la emergencia sanitaria y perderá vigencia este 31 de diciembre. Es decir, en pocos meses cientos de miles de teletrabajadores iban a perder el marco legal que les permitió trabajar de la manera en la que lo han venido haciendo durante los últimos dos años y volvería a estar vigente la ley del 2013, lo cual iba a generar inestabilidad e, incluso, arriesgar la continuidad del trabajo a distancia.

Ante esta situación, presenté un proyecto de ley -hoy ya aprobado- que planteaba un nuevo marco flexible, basado en la libre negociación entre las partes. El objetivo fue recoger aquellos aspectos que permitieron el trabajo a distancia durante la pandemia, manteniendo la libertad de poder adecuar los términos entre trabajador y empleador a la naturaleza y necesidades de cada relación laboral, pero dotándolos de permanencia y adecuándolos al régimen general.

Por ejemplo, si bien la nueva ley establece que el empleador debe proveer de internet, luz y equipos al teletrabajador, se permite que ambos puedan llegar a un acuerdo distinto en función a las circunstancias particulares de cada caso.

Asimismo, ahora el trabajador puede elegir el lugar donde trabajará, así como distribuir libremente sus horas de trabajo, respetando la jornada máxima establecida en la Constitución. La ley también introduce el derecho a la desconexión digital de 12 horas, la posibilidad de trabajar de manera híbrida, así como la facultad de madres gestantes o lactantes y sus parejas, personas con discapacidad y adultos mayores de elegir el teletrabajo con prioridad.

Debemos dejar atrás la idea de que la flexibilización perjudica al trabajador. La experiencia vivida ha demostrado que esta es indispensable para generar trabajo formal y, al mismo tiempo, garantizar a los trabajadores el goce efectivo de sus derechos laborales.