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Redacción PERÚ21

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Juan José Garrido,La opinión del directordirector@peru21.com

No obstante, para la ministra (y el ministro de Justicia, nada menos), no existe inconveniente; existen distintas interpretaciones de las leyes; la participación es solo de un 10%, y además la ministra ya se divorció.

La alcaldesa Susana Villarán nombró, en el 2011, al gerente general de la Caja Metropolitana; posteriormente, recibió un préstamo de la Caja por S/.25,000. Según la Ley Orgánica de Municipalidades, la alcaldesa está impedida de contratar servicios con la Municipalidad o sus empresas. Empero, la alcaldesa y el director de la Caja no encuentran problema alguno: el negocio de la Caja es otorgar préstamos; además, existen convenios para los funcionarios.

Ambos casos presentan un problema central: la elasticidad con la cual se interpretan las normas en nuestro país. Determinar cuándo un caso constituye un delito o no, en nuestro país, va más allá del ámbito de lo jurídico. Parafraseando a Benavides, dependerá si estás en el lado correcto de las interpretaciones –arbitrarias, por supuesto– de quienes ostentan el poder.

El caso de la ministra Omonte y el de la alcaldesa Villarán están muy claros para los analistas consultados: no se sujetan a la Ley; sin embargo, es muy probable que –en ambos casos– no pase nada al final. Amistades e intereses pronto favorecerán la interpretación de algún leguleyo.

Empero, en ambos casos el conflicto de interés es evidente: ¿queda alguna duda de la ventaja que una congresista tiene sobre cualquier otro ciudadano al solicitar un trámite o servicio público? ¿No es un conflicto que el director de la Caja, persona elegida a dedo por la alcaldesa, sea quien determine –posteriormente– el préstamo que beneficia a la alcaldesa?

Benavides decía "a mis amigos, todo; a mis enemigos, la ley". La pregunta es, ¿cuál de ellas?