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Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Santiago Pedraglio,Opina.21Y dado que el único personaje "demandante" es el expresidente Alan García, quien acudió a esa instancia para correrse de la investigación, los demás funcionarios cuestionados por la Megacomisión siguen siendo materia de los informes que debe debatir el pleno del Congreso.

Otro aspecto de particular importancia se señala en el punto 2 de la resolución: a "la demandada" –es decir, a la Megacomisión– le corresponde proceder "de acuerdo con lo dispuesto en el punto 3, literal d2", de la sentencia del 27.12.2013.

El Juzgado no manda, pues, que se ponga punto final a la investigación sobre el expresidente García sino que "corresponde que la demandada proceda (…) ajustándose al debido proceso". Esto se explica en el pie de página número 2 ("literal d2"), que señala que la Megacomisión "es competente para investigar la gestión de Alan Gabriel García Pérez como Presidente de la República dentro del plazo encomendado o prorrogado por el pleno del Congreso, por tanto, el demandante podrá ser sometido a dicha investigación, pero respetándose el debido proceso".

Hay luz verde, entonces, para que el Pleno del Congreso debata de inmediato el trabajo de la Megacomisión y sus conclusiones, excepto en los aspectos que involucran al expresidente.

Pero hay más: incluso en el caso del expresidente García, el Juzgado abre la posibilidad de que lo puedan volver a citar; bastaría con que se reconstituyera la comisión y se le otorgara un plazo para que culmine su trabajo.

Son puertas que están abiertas y que urge utilizar porque el país requiere verdad, no argucias que acaban por contaminar todo el sistema político.