Acoso sexual laboral y hostigamiento (Getty)
Acoso sexual laboral y hostigamiento (Getty)

El terrible ataque feminicida a Eivy Ágreda nos ha hecho reflexionar sobre muchos aspectos del problema estructural que es la violencia de género en nuestra sociedad. Dado que su agresor fue su compañero de trabajo y ahí inició el acoso que culminó en la brutal agresión, es imperativo preguntarnos qué están haciendo las empresas por prevenir y hacer frente a este tipo de situaciones. Al respecto, la Ley Nº 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, prevé que los empleadores deben mantener en el centro de trabajo condiciones de respeto entre los trabajadores, cumpliendo con las siguientes obligaciones: i) capacitar a los trabajadores sobre las normas y políticas contra el hostigamiento sexual en la empresa, ii) adoptar las medidas necesarias para que cesen las amenazas o represalias ejercidas por el hostigador, así como las conductas físicas o comentarios de carácter sexual o sexista que generen un clima hostil o de intimidación en el ambiente donde se produzcan, e iii) informar al Ministerio de Trabajo los casos de hostigamiento sexual y el resultado de las investigaciones efectuadas. ¿Las empresas están cumpliendo con su parte en la lucha por erradicar la violencia machista? ¿El Estado está fiscalizando efectivamente que se cumplan estas obligaciones previstas por ley? Las cifras nos dicen que no.

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