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Para ser un peruano puritano fascistoide que impone penas desmesuradas en situaciones que pueden ser ambiguas, no importa si eres fujimorista, aprista, derechista o de izquierda. Leí ayer en EC que del Congreso ha salido una reciente norma que le puede significar la cárcel a los clientes de prostitutas MAYORES de edad si es que la prostituta es víctima de “explotación sexual”. Este último término puede ser muy subjetivo y dar lugar a tremendos errores judiciales. Además, la pena es desmesurada: hasta doce años de cárcel.

Esto en la práctica constituye una abolición indirecta de la prostitución. No soy un fan de ese oficio, que envilece y que rara vez es ejercido con alegría, pero soy aún menos fan de la estupidez: la prostitución no va a desaparecer, así como el consumo de drogas, por más que la sobrepenalices. Ya esto se ha intentado durante varios siglos, sin éxito. Además, no existe delito cuando cada uno hace lo que le da la gana con su cuerpo, si existe mayoría de edad y libre consentimiento. Lo más preocupante es lo ambiguo de la redacción, pues cualquier parroquiano puede ser fácilmente acusado de estar enterado de una situación de explotación que no tiene porque necesariamente conocerla, amén de lo absolutamente exagerado de la pena, como varios expertos advierten en EC. Lo más lisérgico es que esta norma absurda fue aprobada por el Pleno y pasó por el ministro de Justicia. Lean y juzguen: “Artículo 153-E. Cliente-explotador: El que, mediante una prestación económica o ventaja de cualquier naturaleza, tiene acceso carnal con una víctima de explotación sexual por vía (nota mía: aquí obvio lo descriptivo…) es reprimido con pena privativa de la libertad no menor de nueve años ni mayor de doce”. ¿Qué opinará un desaparecido magistrado del TC sobre todo esto?

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