El cambio en la legislación penal, realizado años atrás, que estableció la suma de las penas en las condenas a los acusados cuando son sentenciados por varios delitos, parece, a estas alturas, desproporcionado. En base a esa norma, la Fiscalía pide sanciones extremadamente altas para todos los casos, sin diferenciar la gravedad de cada uno.
Pide lo mismo, o hasta a más, de lo que recibirían los hampones asesinos o violadores, contra quienes cometen delitos contra la administración pública. Sería bueno que el Congreso revise el tema y establezca una graduación, la cual no implicará tratar con guantes de seda a quienes corrompen o son corrompidos con dineros del Estado.
Este desaguisado jurídico se promulgó hacia finales del gobierno de Alejandro Toledo, cuando en el Congreso correspondiente algunos legisladores belicosos presentaron una serie de proyectos para cambiar el artículo 50 del Código Penal. Hasta entonces ese artículo establecía que, en las sentencias finales, la pena más alta absorbía a las demás. Sin embargo, ante la insistencia de los parlamentarios –una presión efectista, para la tribuna, de condenas más severas para cargos de corrupción de funcionarios– terminó aprobándose la modificación.
Y así se arribó a lo que sería la Ley 28730, promulgada en mayo de 2006, gracias a la cual, como se ha visto, se llega al delirio de pedir una sumatoria de hasta 35 años de internamiento para casos, por ejemplo, de corrupción, lavado de activos o defraudación en perjuicio del Estado en las acusaciones de los fiscales.
Los años de cárcel que merece una persona que ha cometido varios delitos es algo que puede determinar el fiscal en su acusación o el juez, que la acepta o modifica. De ahí que en su momento la penalista Romy Chang afirmara que el problema no era que la ley no previera la acumulación, sino que los jueces y fiscales aplicaban poco este artículo por falta de conocimiento y capacitación.
Recordemos que recientemente se han impuesto penas superiores a los 20 años de cárcel para el excongresista Michael Urtecho y su esposa (caso ‘mochasueldos’), y se han pedido penas igual de altas para varios de los exfuncionarios comprendidos en el caso Lava Jato. Igual de exagerado y desproporcionado ha sido el cálculo de la pena para Nicanor Boluarte. También más de 20 años de prisión por la sumatoria de delitos. Todos merecen penas severas, desde luego, pero son absolutamente desproporcionadas las sanciones carcelarias que plantean los fiscales y aceptan los jueces, considerando que no se trata de crímenes alevosos con pérdida de vidas humanas o delitos de similar o mayor gravedad.
Esa legislación absurda, irracional a todas luces, debe ser revisada y modificada por el bien de la credibilidad de la justicia en el Perú.