Foto: Minedu
Foto: Minedu

El pasado jueves, el Pleno del Congreso de la República aprobó la primera votación de un proyecto de reforma constitucional que incluía una iniciativa de mi autoría. La modificación, muy específica, plantea la incorporación del derecho a Internet en nuestra Constitución. Este cambio podrá parecer menor a primera vista; sin embargo, tiene un gran impacto en el futuro en nuestro país.

Primero, es importante entender que el reconocimiento constitucional de este derecho no significa la gratuidad del servicio, de la misma forma en que no lo hace, por ejemplo, el reconocimiento del derecho de acceso al agua potable. Lo que sí implica es un compromiso del Estado para asegurar que los ciudadanos puedan acceder a él, garantizando estándares para el ejercicio de dicho derecho.

Si bien la disponibilidad de Internet se ha incrementado con el paso de los años, aún una parte importante de los peruanos tiene problemas de acceso. Según información del INEI, en el año 2016 menos del 50% del total de la población peruana contaba con este servicio. Más aún, existe una importante brecha digital entre la capital y el resto del país. El 64% de los limeños tiene acceso a Internet, mientras que en el resto del país es menos del 40%. Esto se profundiza de manera abrupta cuando consideramos la diferencia entre las ciudades y las zonas rurales.

Es preocupante, especialmente si nos comparamos con otros países. Así lo demuestra el Índice de Internet Inclusivo, elaborado anualmente por Facebook y The Economist. En el ranking del año 2020, el Perú se encuentra en el puesto 54, detrás de países de la región como Colombia, Brasil, México y Argentina. Según el reporte, estamos relegados en relación al promedio de los países de ingreso medio alto. Y el factor en el que estamos peor es el de disponibilidad.

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Esto es más urgente aún en un contexto como el que venimos atravesando en esta pandemia. Muchos de los servicios y actividades cotidianas, como los estudios, el trabajo remoto o la comunicación con el Estado, han empezado a hacerse de manera digital.

Ahora bien, la disponibilidad no es el único objetivo de esta modificación constitucional. Busca también ser garante de libertades fundamentales. El acceso a un Internet libre y abierto es, en esta era, un derecho habilitador. Es decir, es la vía de aplicación práctica de otros derechos, como a la libertad de expresión e información.

Cada vez que un dictador llega al poder en algún país del mundo, o cada vez que nacen protestas en favor de la democracia, lo primero que buscan los líderes autoritarios es cortar el acceso a Internet. Esto es porque hoy en día Internet es la vía que usa la sociedad civil para obtener información, para expresarse, organizarse y participar de los debates públicos en favor de sus derechos, de su comunidad y de su país.

Esta garantía constitucional también podrá frenar cualquier intento de censura o retroceso a través de una ley. Amenaza muy real y concreta en nuestro país: en los últimos tres periodos congresales se han presentado proyectos de ley que buscaban restringir el uso de Internet, apelando a argumentos falaces basados en la seguridad, el orden y las buenas costumbres.

Esta reforma va a significar un gran avance, cuyos frutos veremos en el futuro. Es muy importante que el próximo Congreso concrete la segunda votación e incorpore esta garantía de libertad moderna en nuestra Constitución.

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