La medida está enmarcada en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. (Foto: GEC)
La medida está enmarcada en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. (Foto: GEC)

La semana pasada trajo decisiones judiciales que permiten pensar que el Perú puede dejar de ser un país en el que los dogmas determinan políticas públicas para comenzar a ser uno que respete su propia Constitución. Primero estuvo la decisión de la Corte Suprema que respaldó el enfoque de género en el currículo escolar. Luego llegó la decisión en primera instancia del Décimo Primer Juzgado Constitucional que reconoce el matrimonio que dos personas homosexuales contrajeron en el extranjero, una de ellas nada menos que Susel Paredes.

Esta última resolución no solo reconoce el matrimonio de Susel y su esposa, sino, y esto es lo que abre la ventana al cambio impostergable, inaplica el artículo 234 del Código Civil que regula el matrimonio entre un hombre y una mujer. En sencillo: se ha decidido inaplicar la ley vigente por considerarse inconstitucional. Para el juzgado, no reconocer un matrimonio por la única razón de que los contrayentes son homosexuales es contrario a nuestra Constitución, así que Reniec está en la obligación de registrar esa unión.

Esta decisión tiene un antecedente de 2017, cuando el Séptimo Juzgado Constitucional ordenó al Reniec reconocer el matrimonio de Óscar Ugarteche y Fidel Aroche. En ese entonces, la jueza señaló, igual que ahora, que las leyes no pueden ser contrarias a la propia Constitución que establece la igualdad ante la ley y el respeto irrestricto a los derechos humanos.

Esto no quiere decir que desde hoy dos personas del mismo sexo pueden unirse civilmente en el Perú, pero sí es el reconocimiento de que las familias compuestas por personas homosexuales deben ser tratadas de igual forma que las familias heterosexuales. El cambio es inminente.

¡Felicidades, Susel! Esta batalla legal se tiene que llevar hasta el final.