Martín Vizcarra (PikoTamashiro/GEC)
Martín Vizcarra (PikoTamashiro/GEC)

UNO. ¿Procede la cuestión de confianza? Sí. Está claro que la reforma es una política de Estado y/o de gobierno, y se manifiesta en actos normativos. Más discutible es si esa política puede contener reformas constitucionales porque –se ha dicho– eso convierte al presidente y al Poder Ejecutivo de facto en poder constituyente, y no es la idea. Pero la anterior cuestión de confianza presentada por Vizcarra para el referéndum incluía reformas constitucionales y fue concedida. La práctica parlamentaria ha legitimado este uso. Capciosa: ¿Podría el presidente hacer cuestión de confianza para viabilizar constitucionalmente su reelección?

DOS. ¿La negación de la confianza al gabinete de Fernando Zavala –expremier de PPK, no de Vizcarra– cuenta para disolver el Congreso? Sí, porque es el mismo gobierno. Si lo es para efectos de la no reelección, lo es también para esto. Y no hay duda –o no debería haberla– de que Vizcarra no puede postular en 2021. Hay restricciones a la reelección para que quien ejerce el poder no lo malutilice. El problema es que ciertas autoridades electorales han interpretado (en elecciones de gobiernos locales) que está prohibido que postule quien ganó la elección, no quien ejerce el cargo. Absurdo.

TRES. ¿Es antidemocrática la disolución del Congreso? ¿Por qué quienes deploran el 5 de abril ansían el mismo resultado? Porque lo democrático –en el sentido liberal-republicano– se define por la observancia de la Constitución. Fujimori se zurró en ella. Vizcarra la sigue (hasta ahora al menos). No sería antidemocrático, por tanto, si el Congreso deniega la confianza. Por eso mismo sería golpista que el Congreso vaque a Vizcarra sin una causal, como exigen ahora sus detractores más histéricos.