Sentencian al Gobierno de España por incumplir acuerdo de reubicación de refugiados

El Gobierno solo cursó solicitudes de asilo correspondientes al 12,85 % del cupo de 19.449 personas asignadas por la UE.
El Consejo Europeo asignó a España un cupo de 19.449 personas durante dos años, pero solo se tramitó un 12,85% de ese número. (Foto: EFE)

Madrid (España).  El Tribunal Supremo hizo pública hoy una sentencia en la que obliga al Gobierno a cumplir con sus compromisos para tramitar las solicitudes de asilo de refugiados procedentes de Grecia e Italia, pues solo ha cursado las correspondientes al 12,85 % del cupo de 19.449 personas asignadas por la .

Se trata de la primera vez que un tribunal de un país europeo condena a un Estado por incumplir las decisiones comunitarias, que establecían medidas provisionales para acoger a los solicitantes de asilo, al considerarlas de "carácter vinculante y obligatorio".

El Tribunal estima de forma parcial el recurso de la Associació de Suport a Stop Mare Mortum contra la desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud formada al Gobierno, en la que pedían que se declarase que España había incumplido sus obligaciones con el cupo establecido por la UE tras la crisis de refugiados en el año 2015.

Tras la crisis de refugiados de 2015, el Consejo Europeo adoptó dos decisiones por las que se asignó a España un cupo de 19.449 personas durante dos años, desde el 25 de septiembre de 2015 hasta el 26 de septiembre de 2017, pero solo se tramitó un 12,85 % de ese número.

Ante esta situación, los recurrentes solicitaron en su demanda que se declarase que España había incumplido las obligaciones periódicas, como ofertar plazas de reubicados, aprobar las listas enviadas y acogerlos, y que se ordenase al Gobierno español que las cumpliese de inmediato y con carácter urgente.

El abogado del Estado se opuso a esta pretensión y puso de manifiesto que España realizaba las gestiones necesarias para reclamar y reubicar a los asilados que le habían sido asignados, pero que el procedimiento era laborioso.

El Tribunal considera que el incumplimiento de las decisiones por parte del anterior Gobierno del conservador Mariano Rajoy implica "la condena al Estado español a continuar la tramitación en los términos previstos en las decisiones y de conformidad con los acuerdos que en lo sucesivo adopten las instituciones comunitarias".

De esta forma, el nuevo Ejecutivo del socialista Pedro Sánchez deberá tramitar el 87 % restante de las solicitudes, pues la Comisión Europea subrayó en un documento en 2017 que la obligación legal de reubicar a quienes cumplen las obligaciones no cesará después de septiembre, una vez expirado el plazo de aplicación de las decisiones.

Un informe de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) reconoce que a fecha de 4 de marzo de 2018, de las 19.449 plazas, España solo había ofertado 2.500 plazas (1.875 de Grecia y 625 de Italia), únicamente un 12,85 % de sus obligaciones finales acordadas.

Igualmente, el informe admite a fecha de 22 de marzo de 2018, que España sólo ha reubicado a 235 personas desde Italia y a 1.124 desde Grecia, una cuota de cumplimiento inferior al 7 %.

El Tribunal admite que el Gobierno español ha realizado peticiones a Grecia e Italia que "no han merecido la respuesta obligada", pero afirma que la existencia de graves dificultades administrativas no exime del cumplimiento de esas obligaciones.

Fuente: EFE

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