Redacción PERÚ21

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Un tribunal de anuló hoy la regulación del Gobierno de exigir pasaportes a los emigrantes que entran al país y dio un plazo de 45 días al Ministerio de Relaciones Exteriores para que presente un plan de contingencia si es que quiere seguir aplicando esa medida.

Esta medida la decidió la Unidad Judicial Tercera de la Familia, en una audiencia de solicitud de medidas cautelares por parte de la Defensoría del Pueblo contra la exigencia de exigir el pasaporte a los ciudadanos venezolanos.

La Defensoría "aplaude esta decisión que lo que hace es reconocer el derecho de las personas, en este caso el derecho de las personas a emigrar", dijo tras la audiencia el abogado Ernesto Pazmiño.

Y agregó que la jueza Judith Naranjo "fundamentó su decisión en el artículo 1 de las Constitución", que establece que "Ecuador es un estado de derecho y justicia", informa EFE.

"Por lo tanto, el Estado y todas sus instituciones tienen un limite en sus decisiones, que son el respeto al derechos humanos", puntualizó.

La decisión de la Corte se produce a menos de veinticuatro horas de que el vecino Perú aplique una medida similar, siguiendo los pasos de Ecuador que la instauró el pasado sábado.

La intención del Gobierno ecuatoriano era tener un mayor control sobre la migración de venezolanos, pero su decisión fue contestada por la Defensoría del Pueblo como una violación de los derechos humanos.

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