Colombia no sancionará a quienes trabajen ebrios o drogados. (Comedy Central)
Colombia no sancionará a quienes trabajen ebrios o drogados. (Comedy Central)

Redacción PERÚ21

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Insólito. Una sentencia de la Corte Constitucional de hace que trabajar bajo los efectos de alcohol y/o de drogas ya no será un motivo para despedir a ningún empleado.

La justicia colombiana consideró que el ingerir sustancias tóxicas no siempre bloquean la capacidad de realizar labores en el trabajo.

Eso sí, siempre y cuando no afecte la productividad de la impresa.

La Corte sí planteó algunas restricciones, en particular para las actividades "que involucran riesgos para el trabajador, sus compañeros o terceros". Por ejemplo, en las actividades de aviación.

¿Cómo pasó esto?

La iniciativa vino de un grupo de estudiantes de una facultad de Derecho de la Universidad Uniciencia de Bucaramanga, quienes plantearon un recurso de inconstitucionalidad pues consideraron que la ley que permitía los despidos tenía dos vicios:

  1. La igualdad de oportunidades para todos y
  2. La protección del Estado para quienes estén en situación de debilidad manifiesta

Al respecto, el constitucionalista colombiano Juan Manuel Charry dijo a El País que solo se debería sancionar si es que existe una negligencia de conducta, al margen del estado en el que se encuentre.

"A uno no se le puede sancionar por cómo es o cómo está, sino por lo que hace", sentenció.

El experto colombiano Augusto Pérez dijo al medio español que la medida no trae ningún beneficio para la sociedad y por el contrario, resulta perniciosa. "Sienta un precedente dudoso, es peligroso para los mismos empleados", puntualizó.

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