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Uruguay elimina requisito por COVID-19 para ingresar al país

Uruguay elimina desde este fin de semana la exigencia de presentar declaración jurada solicitada por la pandemia de la covid-19 como requisito para ingresar al país, según informó este viernes el subsecretario de Turismo, Remo Monzeglio.

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Uruguay elimina desde este fin de semana la exigencia de presentar declaración jurada solicitada por la pandemia del COVID-19 como requisito para ingresar al país, según informó este viernes el subsecretario de Turismo, Remo Monzeglio.
Pese a que la cartera adelantó hace unos días esta intención, el número 2 de Turismo comunicó este viernes que, ante la salida de 30.000 uruguayos con motivo de la festividad del 25 de agosto (Declaración de Independencia), “a los efectos de facilitar su retorno, a partir de mañana se estaría eliminando el requisito”.
”El decreto correspondiente ya ha sido firmado por los Ministros y será firmado en las próximas horas por el presidente (Luis) Lacalle Pou”, agrega la comunicación del jerarca de Turismo.
Precisamente, el mandatario viajó a Argentina para asistir a la celebración del 25 de agosto organizada en Buenos Aires por la representación diplomática uruguaya, aunque no pudo volver este viernes debido a la neblina que impidió la actividad entre puertos.
El éxodo de los uruguayos fue mayoritariamente hacia Argentina, donde el cambio de divisa es muy beneficioso para los turistas que salen de Uruguay.
Días atrás, la cuenta oficial en Twitter del Ministerio de Turismo adelantó que Uruguay dejaría de exigir la declaración jurada si bien mantendría “por un tiempo” la obligación de contar con vacunas contra la enfermedad.
No obstante, aquellos turistas que no hayan completado la pauta de vacunación pueden ingresar si presentan un PCR con resultado negativo.
La obligatoriedad de completar una declaración jurada para ingresar en el país se instaló desde el 1 de noviembre de 2021, fecha en que se reabrieron las fronteras al turismo.
Además, en días pasados se aprobó la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los turistas extranjeros en servicios gastronómicos, alquiler de vehículos y cáterin para fiestas a partir de septiembre.
Esta disposición, que irá acompañada además de una devolución impositiva del 10,5 % en los alquileres de inmuebles con fines turísticos, regirá a partir del 1 de septiembre y se extenderá hasta abril de 2023.
Fuente: EFE
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