Lee estos datos si necesitas pagar tu impuesto a la renta. (USI)
Lee estos datos si necesitas pagar tu impuesto a la renta. (USI)

Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Ya que se aproxima el vencimiento de la declaración jurada del (IR) correspondiente al ejercicio 2014, el Grupo Verona Abogados y Tributaristas esclarece algunos puntos al respecto.

1. ¿Quienes están obligados a declarar el IR? Todas las personas cuyos ingresos anuales sean mayores a S/.25,000.

Este dinero puede provenir de rentas por alquileres (primera categoría), ganancias de valores mobiliarios (segunda categoría) e ingresos profesionales obtenidos de forma independiente (cuarta categoría).

Asimismo, se incluyen los ingresos obtenidos por el trabajo de manera dependiente y estos se suman a los generados como independiente.

2. ¿Desde cuándo se puede declarar y cuál es la fecha límite? El inicio del pago del IR es el 24 de marzo y finaliza el 9 de abril.

El cronograma de pago se fija de acuerdo al último dígito del Registro Único de Contribuyente (RUC).

Si este número termina en 0, le toca pagar el 24 de marzo; si finaliza en 1, el 25 de marzo, y así sucesivamente hasta el 27 de marzo.

Si el RUC finaliza en 4, 5 o 6,* le toca cancelar el 30, 31 de marzo* y el 1 de abril, respectivamente.

Si el último número del RUC es 7, 8, o 9, le toca pagar el 6, 7 o 8 de abril, respectivamente.

FORMULARIOSPara rentas empresariales, se debe ingresar a la y llenar la Declaración Jurada Anual de IR 2014, formulario PDT N° 692.Las personas naturales que reciban rentas distintas a estas deben llenar el formulario virtual N° 691.

Por: Roxana Tramontana (roxana.tramontana@peru21.com)

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