Si por el contrario tiene saldo en contra deberá cancelarlo.
Si por el contrario tiene saldo en contra deberá cancelarlo.

Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Fabiana Sánchez (fsanchez@peru21.com)Si durante 2013 usted tuvo ingresos por ganancias de capital, alquiler de bienes o trabajos como independiente y considera que pagó tributos en exceso, a partir del 17 de febrero puede solicitar la devolución de este dinero.

Arturo Prado, representante de la , señala que para determinar si hay un saldo a su favor, en primer lugar debe revisar la información personalizada en el Formulario Virtual 683, que se encuentra en el portal .

En esa página también debe presentar la Declaración Anual de Renta 2013.

"Una vez registrada la declaración, busque el enlace de la solicitud de devolución (Formulario 1649) y consigne el monto solicitado respecto de la renta de la cual provenga el exceso del impuesto pagado", refiere.

El experto indica que tiene que esperar alrededor de 45 días para que la Sunat le envíe un mensaje a su correo comunicándole que su petición ha sido aceptada.

"Inmediatamente debe descargar su resolución de devolución y el número de la orden de pago financiera", asegura.

El dinero se depositará en el .

El especialista precisa que otra de las opciones para quienes tienen un saldo a favor es que pidan una compensación para que su dinero se utilice para el pago de impuestos del siguiente año.

TENGA EN CUENTADe acuerdo con el representante de la Sunat, se le pagará una tasa de interés de 0.5% por cada mes que se demoren en devolverle el exceso de impuesto pagado.

Asimismo, refiere que el 95% de los que presentan su solicitud porque tienen un saldo pendiente son trabajadores independientes.